07 abril 2014

BOLETÍN DE PRENSA DEL SNTTTASS

México, D.F. A 6 de Abril de 2014.
BOLETÍN DE PRENSA
SOBRE LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA DE MEXICANA, Y SUS FILIALES La declaración de quiebra de las tres aerolíneas, COMPAÑÍA MEXICANA DE AVIACIÓN S.A. DE C.V. (MEXICANA), AEROVÍAS CARIBE, S.A DE C.V. (CLICK) Y MEXICANA INTER, S.A DE C.V. (LINK), es un acto completamente ilegal que amenaza gravemente los derechos humanos de los trabajadores, al trabajo, al salario y a la seguridad social. Es ilegal, porque la quiebra solo puede decretarse cuando agotado el periodo conciliatorio de un concurso mercantil NO SE HUBIESE SOMETIDO A CONSIDERACIÓN DEL JUEZ UN CONVENIO CONCURSAL (artículo 167 de la ley de Concursos Mercantiles) y en el caso concreto YA SE HABÍAN SOMETIDO A LA JUEZ LOS CONVENIOS CONCURSALES. Es ilegal, porque el efecto y la finalidad de la sentencia de quiebra es poner en venta la masa, los bienes y derechos de la empresa concursada, Y AÚN NO SE RESUELVEN CONTROVERSIAS QUE PROMOVIERON LOS SINDICATOS SOBRE:
• La venta de las marcas de Mexicana a Nuevo Grupo Aeronáutico. • La escisión que dio lugar a la existencia de MEXICANA MRO, S.A. DE C.V., con transmisión de bienes propiedad de Mexicana en valor cero. • Sobre el pago a Mexicana del usufructo de sus rutas y slots, por INTERJET, AEROMÉXICO y los aeropuertos. • Sobre el pago de daños y perjuicios provocado por el ejercicio de la garantía consistente en los derechos de cobro de boletos y que llevaron a cabo BANORTE y BANCOMEXT, sin más provecho que impedir a Mexicana el pago de sus obligaciones y obligarla al cierre con daño de más de seis mil millones de dólares. • Sobre la obligación de efectuar PRONTO PAGO A LOS TRABAJADORES con los bienes intangibles de las empresas que peligraban con la quiebra en cumplimiento del Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo. • Sobre la invalidez de la compraventa de NUEVO GRUPO AERONÁUTICO, S.A. DE C.V., y el pago de daños y perjuicios.
Mientras no se determine si los bienes que se reclaman en esas controversias pertenecen o no las aerolíneas, NO PODÍA DECRETARSE LA QUIEBRA CUYO OBJETO ES VENDER LOS BIENES DE LAS CONCURSADAS, pues estos aún no están determinados. Por último, es ilegal esa declaración de quiebra porque no establece ninguna protección a los derechos humanos que tienen los 8,620 trabajadores al trabajo, al salario y a la seguridad social, y, al contrario deja a los trabajadores en absoluto estado de indefensión al DESPROTEGER LAS CONCESIONES Y LOS SLOTS (espacios de aterrizaje y despegue) DE LAS EMPRESAS QUEBRADAS, propiciando su desmembramiento y la pérdida casi absoluta de su valor. Hace tres semanas por orden del juez que lleva el concurso mercantil de American Airlines, vendió 34 slots en los aeropuertos de La Guardia y John F. Kennedy EN 420 MILLONES DE DÓLARES. Aun cuando los slots de Mexicana rebasan por mucho esa cantidad y con ello su valor, la cantidad que se le pagó a American Airlines sería suficiente para lograr el resurgimiento de Mexicana de Aviación. Es inaceptable que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes niegue que los slots SON VALORES COMERCIALIZABLES Y NIEGUE LA MAGNITUD DE ESOS VALORES, cuando la propia Secretaría autorizó EL ARRENDAMIENTO DE SLOTS Y RUTAS DE AEROCALIFORNIA POR INTERJET Y LUEGO LA VENTA A INTERJET DE ESAS RUTAS Y SLOTS. Existe la clarísima intención de entregar ese patrimonio de manera gratuita a INTERJET, AEROMÉXICO Y VOLARIS y eso sería IGUAL QUE ROBAR A LOS TRABAJADORES EL PATRIMONIO AL QUE TIENEN DERECHO. Nos han robado ya tres años de salario, el alimento, el vestido, la salud de nuestras familias, nuestras casas hipotecadas han sido rematadas ya, nuestros hijos perdieron sus colegios, algunas familias se separaron por necesidad o por imposibilidad de vivir juntos ese tormento. CON ESA TRAGEDIA YA SE ENRIQUECIERON BASTANTE INTERJET, AEROMÉXICO Y VOLARIS, Y QUIEREN TODAVÍA GRATIS EL PATRIMONIO QUE QUEDA A LOS TRABAJADORES. LAS CONCESIONES Y LOS SLOTS DE MEXICANA, CLICK Y LINK. Apelaremos las sentencias de quiebra y seguiremos luchando por NUESTRAS FUENTES DE TRABAJO. Tenemos la capacidad técnica, jurídica y administrativa para volar y SI NOS DEJAN LO QUE NOS CORRESPONDE, tenemos también la capacidad financiera para hacerlo. Será afortunadamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que conozca en última instancia o por atracción de nuestros amparos, contra la aplicación de leyes que violan derechos humanos y debería atraer los demás amparos por razón de su IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA.
¡Los trabajadores estamos en pie de lucha!
SECRETARIA DE PRENSA DEL SNTTTASS