Autoridades señalan que el cese de operaciones de la aerolínea respondió a una decisión unilateral
Foto: Archivo
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La SCT dijo que está obligada a verificar
permanentemente que las capacidades de las aerolíneas prevalezcan, y
esto es por los consumidores; pese a estados financieros de Mexicana no
consideró revocación para operarCiudad de México.-
Pese a conocer los estados financieros negativos de Mexicana de Aviación
antes que ésta dejara de volar, la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT) no consideró que éstos ameritaran la revocación de su
permiso para operar (Certificado de Operador Aéreo), explicó Felipe
Duarte, subsecretario de Transporte.De acuerdo con el
funcionario, todo concesionario de transporte aéreo que desee obtener
ese documento debe acreditar que cuenta con las capacidades técnicas,
jurídicas, administrativas y financieras; de lo contrario, no puede."La
SCT está obligada a verificar permanentemente que las capacidades de
las aerolíneas prevalezcan, y esto es por beneficio de todos los
consumidores", dijo tras participar en la Segunda Semana de Políticas
Pro Consumidor.En el caso de la capacidad financiera, las
compañías deben presentar trimestralmente sus estados financieros
auditados ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).Aunque
Mexicana cumplió con este mandato y sus finanzas reflejaban un alto
nivel de endeudamiento que meses después provocaría su permanencia en
tierra por tiempo indefinido, la Dirección no vio razón para ordenar su
cese de operaciones."Lo que la SCT busca, es que los
pasajeros viajen en términos de seguridad operativa y eso se presentó en
todo momento. La aerolínea unilateralmente decidió suspender
operaciones y eso es en gran medida parte de las decisiones que hoy
lamentablemente han desembocado en donde esté la aerolínea", aseguró.A
pesar de eso, la falta de documentos que acrediten esta misma capacidad
es uno de los argumentos esgrimidos por la misma Secretaría para no
otorgárselo a Mexicana, según un acuerdo emitido el pasado 20 de
septiembre por la Juez Edith Alarcón Meixueiro, quien lleva el concurso
mercantil de la aerolínea.En ese mismo acuerdo, la
magistrada indica que la DGAC no puede negar el otorgamiento del
certificado por falta de capacidad financiera.La juez
explicó que el artículo 9 de la Ley de Aviación Civil y el 19 del
Reglamento de esa misma Ley, invocados por la DGAC para justificar su
postura, sólo son aplicables para las empresas que buscan una nueva
concesión.Ése no es el caso de Mexicana, ya que ésta
cuenta con la concesión TAN-OR-MXA, a la que restaban 30 años de
vigencia hasta noviembre de 2011, de acuerdo con SCT.La
única reglamentación que debe tomarse en cuenta para otorgar un AOC,
sostuvo Alarcón Meixueiro, es la NOM-008-SCT3-2002. Sin embargo, esta
afirmación fue rechazada por Duarte Olvera."Es inadecuado
interpretar la regulación nada más por una norma. La regulación se tiene
que interpretar de forma integral y también se tiene que incluir la
regulación internacional", expresó.