HOLA COMPAÑEROS, ME MANDÓ UN MAIL EL COMPAÑERO JUAN MANUEL SALDAÑA Y LA VERDAD ESTÁ PARA PONERSE A REFLEXIONAR.
Sobrecargo informa, como que mexicana no tiene dinero, claro que tiene y lo suficiente como para haberle ofrecido a nuestros compañeros pilotos una suma bastante jugosa para que ellos crearan su fideicomiso y así sacar adelante sus futuros retiros, solo que nuestros compañeros después de haber tenido la experiencia con su caja de ahorro que desapareció y sumado a que la cantidad que les ofrecieron no les fue convincente, eligieron que mexicana se las arregle y les siga haciendo su vaquita para cuando estos dejen de laborar, por lo menos en mexicana.
En cuanto a los viáticos, será que tengan la autoridad como para bajarlos así por que si ¿que acaso no se pueden meter en un problema por ese proceder tan arbitrario? Algo así como una demanda, ¿ y quien los demandaría? Sorpresa!!!!! nuestro propio sindicato presionado por los mismos sobrecargos inconformes por la posible acción, ¿ Y ? De una secuencia si la encuentras de 20 mil pesos en viáticos nos van a quitar 4, 000.00 ( cuatro mil pesos MN/00 )
Mismos que me sirven para pagar la renta de mi departamento, o la mensualidad de mi carro o la colegiatura de la escuela de mi hija, pero 4,000.00 pesos siempre será mas barato que regalarles mi trabajo a cambio de lo mismo.
Definitivamente no es ningún consuelo, ni para mi y aseguro que para nadie, aunque impere el conformismo, confió en que este proceso será solo el viento del lobo que sopla y sopla queriendo derribar la casa.
Y al parecer así esta siendo ya que hoy 29 no se ha presentado ninguna reducción hasta el momento, no echemos en saco roto la advertencia que hicieron ya que seguramente nos querrán tomar por sorpresa. No al convenio de productividad y no a la baja de viáticos. ( en caso de ¿ verdad ? ) mas vale prevenirnos.
Un Fuerte Abrazo Juan Manuel Saldaña B
ENTONCES ENLAZO ESTE MAIL A OTRO QUE NOS ENVIA AMABLEMENTE UNA COMPAÑERA:
Sobrecargo Informa
Pues bien he leído los comentarios que tienen en su blog, y quiero decirles que Mexicana nuevamente VIOLA la ley federal del trabajo, al demorar el pago de su salario, por lo que sería muy importante que el Diputado González Schmal pudiera pronunciarse al respecto.
Por otro lado NO PUEDEN BAJAR LOS VIÁTICOS ni un sólo 1%, sí es que no hay CONVENIO firmado de por medio a través del sindicato. Sí la empresa les aplica esa disminución, estaría nuevamente violando la ley. Sí el sindicato A ESPALDAS de ustedes firmó ese convenio, está también abusando de la confianza del gremio y en ambos casos pueden proceder para DENUNCIARLOS ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Les dejo los artículos de la Ley Federal del Trabajo para que conozcan más sus derechos, porque el SALARIO de los trabajadores, está protegido y se debe hacer respetar.
Les dejo los artículos de la Ley Federal del Trabajo para que conozcan más sus derechos, porque el SALARIO de los trabajadores, está protegido y se debe hacer respetar.
Sí ustedes consideran prudente que yo a través del apoyo del partido, nuevamente acuda a clausurar Mexicana y hacer la denuncia pública, sólamente me avisan con tiempo para poderla programar.
CAPITULO VII
NORMAS PROTECTORAS Y PRIVILEGIOS DEL SALARIO
ARTICULO 98. LOS TRABAJADORES DISPONDRAN LIBREMENTE DE SUS SALARIOS. CUALQUIER DISPOSICION O MEDIDA QUE DESVIRTUE ESTE DERECHO SERA NULA.
ARTICULO 99. EL DERECHO A PERCIBIR EL SALARIO ES IRRENUNCIABLE. LO ES IGUALMENTE EL DERECHO A PERCIBIR LOS SALARIOS DEVENGADOS.
ARTICULO 101. EL SALARIO EN EFECTIVO DEBERA PAGARSE PRECISAMENTE EN MONEDA DE CURSO LEGAL, NO SIENDO PERMITIDO HACERLO EN MERCANCIAS, VALES, FICHAS O CUALQUIER OTRO SIGNO REPRESENTATIVO CON QUE SE PRETENDA SUBSTITUIR LA MONEDA.
ARTICULO 102. LAS PRESTACIONES EN ESPECIE DEBERAN SER APROPIADAS AL USO PERSONAL DEL TRABAJADOR Y DE SU FAMILIA Y RAZONABLEMENTE PROPORCIONADAS AL MONTO DEL SALARIO QUE SE PAGUE EN EFECTIVO.
ARTICULO 104. ES NULA LA CESION DE LOS SALARIOS EN FAVOR DEL PATRON O DE TERCERAS PERSONAS, CUALQUIERA QUE SEA LA DENOMINACION O FORMA QUE SE LE DE.
ARTICULO 106. LA OBLIGACION DEL PATRON DE PAGAR EL SALARIO NO SE SUSPENDE, SALVO EN LOS CASOS Y CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN ESTA LEY.
ARTICULO 109. EL PAGO DEBERA EFECTUARSE EN DIA LABORABLE, FIJADO POR CONVENIO ENTRE EL TRABAJADOR Y EL PATRON, DURANTE LAS HORAS DE TRABAJO O INMEDIATAMENTE DESPUES DE SU TERMINACION.
Tenemos pendiente una conferencia de Prensa, que Convergencia pensaba realizar para tocar éste tema. Sigo a la espera de que se me diga para cuándo la podríamos efectuar. Sé que el Diputado Cuauhtémoc presentó el punto de acuerdo, y ojalá que después del primero de diciembre logremos acordar una fecha, que luce URGENTE, para que Mexicana de Aviación cese las presiones en contra del gremio.
Saludos
Laura Tena
SALUDOS Y SEGUIMOS TRABAJANDO