05/may/2008
Acumulará Aeroméxico dos emplazamientos a huelga
María del Pilar Martínez / El Economista
La empresa Aerovías de México (Aeroméxico) tendrá un doble emplazamiento de huelga por parte de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA), ya que será en esta semana cuando se presente ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dicho trámite por "violaciones al contrato colectivo de trabajo".
Lizzete Clavel Sánchez, secretaria general de ASSA, aseguró que la mayoría de los sobrecargos votó en favor de que se iniciara el trámite, independientemente de que se encuentra en proceso la revisión salarial en la cual demandan 7% de incremento.
Del primer emplazamiento a huelga aún se encuentran en proceso de resolución, "estamos en platicas, pero las verdaderas definiciones se darán cerca del 31 de mayo a la media noche, fecha en que debe concluir el proceso", detalló.
Lo anterior, tiene que ver con la revisión de algunas de las cláusulas contractuales que "están sujetas a interpretación", como los incrementos en viáticos para viajes, principalmente a Europa, pues los sobrecargos alegan que se les paga en dólares, moneda que ha venido devaluándose en los últimos meses.
Asimismo, piden que se esclarezcan algunas contradicciones que tiene el contrato, como el hecho de que en una parte dice que no pueden hacer dos servicios en un mismo día y en otra todo lo contrario, en especial para vuelos internacionales.
Para que se tomara la decisión de un nuevo emplazamiento, la agrupación sindical debía contar con el aval de la mayoría de los 1,500 sobrecargos de Aeroméxico, es decir, 50% más uno, el cual obtuvo en la pasada asamblea.
En entrevista, la representante sindical de ASSA adelantó que también buscarán atraer el contrato colectivo de la aerolínea regional Aeroméxico Connect.
Actualmente la agrupación sindical solo ostenta el contrato de Aeroméxico, no así el de su filial, pese a que, según Clavel, por mandato estatutario deben agremiar a todos los sobrecargos del país. Incluso, dijo que "hay sobrecargos que están interesadas en agremiarse con ASSA porque sus prestaciones o incrementos salariales no son los mismos que tenemos en la Asociación".
"Los sindicatos que no son realmente representativos de los trabajadores, las compañeras difícilmente saben que existe una asamblea, no conocen quién es su representante sindical, ven que sus condiciones laborales, aunque han ido mejorando con el tiempo, no lo han hecho en la misma medida que los sobrecargos de Aeroméxico y Mexicana", puntualizó.
Agregó que las condiciones laborales en otras compañías son mucho más precarias que las de otros trabajadores, sobre todo en salario, condiciones de jornadas y recesos.
05/may/2008
Huelgas no impedirán conflictos económicos
María del Pilar Martínez / El Economista
Los procesos en los conflictos colectivos de naturaleza económica, que se registran entre patrones y sindicatos, podrán seguirse sin que una huelga pueda frenarlos, así lo estipula la nueva propuesta de reforma laboral que elabora la Secretaría del Trabajo.
El conflicto de carácter económico es un recurso que pueden utilizar las empresas cuando ya no logran cubrir las prestaciones a que están obligadas en los contratos colectivos de trabajo, entre otras razones porque su economía se encuentra en dificultades.
Actualmente, este proceso jurídico puede frenarse si el sindicato que ostenta el contrato emplaza a huelga; sin embargo, con la nueva propuesta de reforma esto cambiaría, ya que el derecho a huelga ya no suspende este trámite.
La Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 448 que "el ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica pendientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores sometan el conflicto a la decisión de la Junta".
Este recurso ha sido utilizado en los últimos años para retirar derechos laborales que, a decir de especialistas, ya no son posible mantener, entre otras cosas porque la situación económica y el mercado laboral es distinto.
El ejemplo más reciente es el caso de Mexicana de Aviación, que al no llegar a un acuerdo con la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA) para modificar el contrato colectivo, interpuso un proceso de esta naturaleza el 2 de marzo del 2007, el cual fue avalado por la Junta Federal de Conciliación y aún está en proceso de resolución.
A propuesta de abogados patronales -indica el documento de la STPS-, la reforma laboral pretende ampliar el listado de instituciones que están exentas de la obligación de repartir utilidades.
Así, la propuesta incluye al IMSS; las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; también el Banco de México, las sociedades nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y fianzas, fondos y fideicomisos públicos de fomento, así como las entidades paraestatales que formen parte del sistema financiero.
Tampoco lo otorgarán las universidades e instituciones de educación superior autónomas, el Infonavit, Fonacot, los organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.
Acumulará Aeroméxico dos emplazamientos a huelga
María del Pilar Martínez / El Economista
La empresa Aerovías de México (Aeroméxico) tendrá un doble emplazamiento de huelga por parte de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA), ya que será en esta semana cuando se presente ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dicho trámite por "violaciones al contrato colectivo de trabajo".
Lizzete Clavel Sánchez, secretaria general de ASSA, aseguró que la mayoría de los sobrecargos votó en favor de que se iniciara el trámite, independientemente de que se encuentra en proceso la revisión salarial en la cual demandan 7% de incremento.
Del primer emplazamiento a huelga aún se encuentran en proceso de resolución, "estamos en platicas, pero las verdaderas definiciones se darán cerca del 31 de mayo a la media noche, fecha en que debe concluir el proceso", detalló.
Lo anterior, tiene que ver con la revisión de algunas de las cláusulas contractuales que "están sujetas a interpretación", como los incrementos en viáticos para viajes, principalmente a Europa, pues los sobrecargos alegan que se les paga en dólares, moneda que ha venido devaluándose en los últimos meses.
Asimismo, piden que se esclarezcan algunas contradicciones que tiene el contrato, como el hecho de que en una parte dice que no pueden hacer dos servicios en un mismo día y en otra todo lo contrario, en especial para vuelos internacionales.
Para que se tomara la decisión de un nuevo emplazamiento, la agrupación sindical debía contar con el aval de la mayoría de los 1,500 sobrecargos de Aeroméxico, es decir, 50% más uno, el cual obtuvo en la pasada asamblea.
En entrevista, la representante sindical de ASSA adelantó que también buscarán atraer el contrato colectivo de la aerolínea regional Aeroméxico Connect.
Actualmente la agrupación sindical solo ostenta el contrato de Aeroméxico, no así el de su filial, pese a que, según Clavel, por mandato estatutario deben agremiar a todos los sobrecargos del país. Incluso, dijo que "hay sobrecargos que están interesadas en agremiarse con ASSA porque sus prestaciones o incrementos salariales no son los mismos que tenemos en la Asociación".
"Los sindicatos que no son realmente representativos de los trabajadores, las compañeras difícilmente saben que existe una asamblea, no conocen quién es su representante sindical, ven que sus condiciones laborales, aunque han ido mejorando con el tiempo, no lo han hecho en la misma medida que los sobrecargos de Aeroméxico y Mexicana", puntualizó.
Agregó que las condiciones laborales en otras compañías son mucho más precarias que las de otros trabajadores, sobre todo en salario, condiciones de jornadas y recesos.
05/may/2008
Huelgas no impedirán conflictos económicos
María del Pilar Martínez / El Economista
Los procesos en los conflictos colectivos de naturaleza económica, que se registran entre patrones y sindicatos, podrán seguirse sin que una huelga pueda frenarlos, así lo estipula la nueva propuesta de reforma laboral que elabora la Secretaría del Trabajo.
El conflicto de carácter económico es un recurso que pueden utilizar las empresas cuando ya no logran cubrir las prestaciones a que están obligadas en los contratos colectivos de trabajo, entre otras razones porque su economía se encuentra en dificultades.
Actualmente, este proceso jurídico puede frenarse si el sindicato que ostenta el contrato emplaza a huelga; sin embargo, con la nueva propuesta de reforma esto cambiaría, ya que el derecho a huelga ya no suspende este trámite.
La Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 448 que "el ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica pendientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores sometan el conflicto a la decisión de la Junta".
Este recurso ha sido utilizado en los últimos años para retirar derechos laborales que, a decir de especialistas, ya no son posible mantener, entre otras cosas porque la situación económica y el mercado laboral es distinto.
El ejemplo más reciente es el caso de Mexicana de Aviación, que al no llegar a un acuerdo con la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA) para modificar el contrato colectivo, interpuso un proceso de esta naturaleza el 2 de marzo del 2007, el cual fue avalado por la Junta Federal de Conciliación y aún está en proceso de resolución.
A propuesta de abogados patronales -indica el documento de la STPS-, la reforma laboral pretende ampliar el listado de instituciones que están exentas de la obligación de repartir utilidades.
Así, la propuesta incluye al IMSS; las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; también el Banco de México, las sociedades nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y fianzas, fondos y fideicomisos públicos de fomento, así como las entidades paraestatales que formen parte del sistema financiero.
Tampoco lo otorgarán las universidades e instituciones de educación superior autónomas, el Infonavit, Fonacot, los organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.