08 mayo 2022

Injerencia patronal en el sindicato

 

Injerencia patronal en el sindicato

Es de vital importancia conocer las leyes que nos rigen, ya que su desconocimiento no nos exime de acatarlas. Y con mayor razón, derivado de la polémica desatada en torno al viaje realizado por el Secretario General de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación de México (ASSA), al evento de la Presidencia de la República, para celebrar el 1° de mayo, llevado a cabo en la Refinería Olmeca de “Dos Bocas”.

Fotografía tomada de Twitter


Nuestro Estatuto es muy claro, Ricardo no se manda solo ni se puede autorizar para sí mismo un viaje fuera de la sede sindical. Vayamos al texto del estatuto, para comenzar:

Artículo 17, fracción XIII, que a la letra dice: “Será obligación de los Agremiados y miembros del Comité Ejecutivo, Comisiones y Tribunal de Honor y Justicia, solicitar permiso de la asamblea para ausentarse de la Asociación para asistir a congresos, cursos especiales, convenciones, conferencias, etc. Dentro y fuera del país, así como informar del resultado de los mismos;”



Como bien saben Ustedes, Ricardo Del Valle dio una respuesta inmediata a las preguntas planteadas por la Presidente de la Comisión de Vigilancia del Sindicato. Pero fue tan pronta su reacción que está plagada de inconsistencias, por no decir “burdas mentiras”. Dice el Secretario General a los sobrecargos que “nunca se ha pedido autorización” en la historia de ASSA, y eso es falso; una cosa es que ha habido casos controversiales en el pasado, lo que se puede negar, pero eso no le autoriza a Del Valle violar el estatuto.

No, así no funciona. Es por ello que cuando la Presidente de la Comisión de Vigilancia le solicita información sobre el viaje, Ricardo asegura que ya lo están juzgando. Nada más falso, pues es facultad de la integrante de dicha Comisión solicitarle la información que crea necesaria, y cito textual para que no haya duda:

Artículo 91.- Son obligaciones y atribuciones de la Comisión de Vigilancia:

I.- Velar por que los otros órganos de la Asociación y Miembros que los integren, cumplan con sus funciones y con todo lo dispuesto en este estatuto;

Pero lo peor está por venir. Ricardo Del Valle cree que el sindicato es un espejo de la empresa Aeroméxico, y responde a la Presidente de la Comisión de Vigilancia, mencionando que hay “directivos sindicales”, término que jamás se ha utilizado en el sindicalismo, mucho menos en ASSA; sólo hay “Representantes Sindicales”.

Y esto viene a colación, porque la respuesta dada por Del Valle denota la peregrina idea de que la organización sindical es vertical, que hay jerarquías y eso no es cierto, los miembros que integran el Comité Ejecutivo, los once, tienen el mismo peso, la diferencia son las obligaciones y atribuciones que les confiere el estatuto.

No debemos obviar que las Comisiones son autónomas, lo que significa que son independientes del Comité Ejecutivo, y no Ricardo, no trabajan “en equipo”, al contrario, tal y como lo dice el estatuto en el mismo artículo 91 pero la fracción IX.- “La Comisión de Vigilancia tendrá un funcionamiento autónomo; en general solo deberá rendir cuentas a la Asamblea y al Tribunal de Honor y Justicia. Llamará a Asamblea cuando haga uso de su autonomía. Sus funciones aparte de las especificadas con anterioridad, serán de órgano regulador y de equilibro ante el Comité Ejecutivo y la Asamblea o socios. Sólo en caso de inestabilidad sindical, grave peligro de la Asociación, de incumplimiento grave de los Estatutos o de los Contratos Colectivos, es cuando deberá coordinar la Comisión de Vigilancia sus trabajos con el Secretario General”. Como ustedes mismos se pueden dar cuenta, el estatuto es muy claro al señalar los casos excepcionales en que la Comisión trabajaría en conjunto con el Secretario General.

Eso no es todo, apenas vamos comenzando. Aunque violentar el estatuto es algo de todos los días por parte de Ricardo y los representantes sindicales que le son leales, no deja de ser todavía más grave la violación flagrante que hace a la Ley Federal del Trabajo. Imaginen ustedes que la respuesta a la Presidente de la Comisión de Vigilancia, no fue publicada en el portal oficial de la ASSA, sino que fue publicada directamente en los dispositivos electrónicos propiedad de las empresas Aeroméxico y Aeromar.

Mi sindicato sigue sin entender que en los asuntos sindicales no deben utilizar la infraestructura de la empresa. Antes, cuando existían los casilleros físicos, las empresas prohibieron que en ellos se depositaran las circulares provenientes del sindicato. La medida no escandalizaba a nadie, era una manera clara y contundente de dejar en claro que el Sindicato y la empresa son entes diferentes, con naturalezas jurídicas distintas, y no pocas veces en conflicto. Ahora veo con singular asombro que la información sindical pasa primero por los ojos de la empresa, y una vez que dan su “visto bueno”, son publicados en los iPads de los trabajadores.

La Ley Federal del Trabajo, establece en sus artículos:

373 A. “La directiva del sindicato será responsable ante éste en los mismos términos y condiciones que lo son los mandatarios en el derecho común.”

373 B. “Queda estrictamente prohibido y será sancionado conforme lo dispone esta ley cualquier acto de injerencia patronal en el proceso de sindicalización y/o cualquier otro ejercicio de los derechos colectivos.”

Y para que no haya posibilidad de duda, en su numeral 373 C dice: “Se entiende que hay injerencia patronal cuando:

I. Se proporcione ayuda financiera, logística o de otra índole, a una organización que compita con otra por la representación de los trabajadores, salvo que esta ayuda sea una prestación debidamente pactada en los contratos colectivos;”

El Secretario General asegura que utilizó “apoyos que establece el Contrato Colectivo de Trabajo”, y precisamente buscando esos apoyos a los que hace referencia, sólo está la Cláusula 47.- Permisos Sindicales. No existen ni pases, ni boletos bajo ese rubro, por lo cual está permitiendo la injerencia del patrón en un acto sindical, en el cual la empresa Aeroméxico no tiene nada que ver.



La propia Organización Internacional del Trabajo considera en el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98)

“Se consideran actos de injerencia, sobre todo, la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o sostener económicamente, o de otra forma, organizaciones de trabajadores, con el objeto de colocar a estas organizaciones bajo el control de un empleador o de una organización de empleadores.”

En este caso, el empleador, Aeroméxico está proporcionando los recursos para que el sindicato acuda a un evento, del cual no tiene ninguna relevancia para la empresa, más que la de tener comprometida a la representación sindical a obedecer y entregar todo lo que pida. Por eso es que les reitero que es imperante para el sindicato establecer un canal de comunicación con sus agremiados libre de la empresa, como lo son los correos corporativos.

Y finalizo, el artículo 44 de la Constitución Política, nuestra Carta Magna señala: “La Ciudad de México es la entidad federativa sede de los Poderes de la Unión”. El estatuto de la ASSA, como normatividad rectora del gremio, habla de la Sede Sindical, y por ella se entiende perfectamente que es la Ciudad de México. En un galimatías francamente infantil, Ricardo Del Valle quiere hacer creer a los agremiados que la sede sindical se constriñe únicamente al edificio ubicado en Patricio Sanz 751, Col del Valle.

Con ese argumento pueril pretende defenderse, poniendo ejemplos absurdos de que sería imposible realizar asambleas para cada ocasión en que tuviera que salir de “la sede sindical”. ¿Es en serio, Ricardo? ¿tus asesores legales no tuvieron una mejor idea? 

De verdad preocupa la ligereza con la que se conduce Ricardo. Se conduce como alguien que se sabe impune, casi intocable, pues se siente protegido por el manto protector de los Alcalde -padre e hija-. Compañeros, ya es hora de ver la realidad y no dejar que este personaje siga lastimando a la Asociación, ustedes lo están viviendo en carne propia, ¿qué más necesitan?

 

Ximena Garmendia

8 de mayo de 2022

 

Carta anexo a la Comisión de Vigilancia ASSA

 

Ciudad de México a 5 de mayo del 2022

 

COMISIÓN DE VIGILANCIA

ASSA DE MÉXICO PRESENTE

 

Por este medio quiero manifestar mi molestia en cuanto a las mentiras con las que se maneja el actual Secretario General Ricardo Del Valle Solares, pues en su respuesta habla de “Apoyos que establece el Contrato Colectivo de Aeroméxico”, los cuales no existen ni están plasmados en el CCT actual vigente.

 

Ricardo Del Valle se ostenta como Secretario General en un viaje que es personal pues carece de la autorización de la Asamblea, pero lo preocupante es que crea que sufragando el sus “gastos”, desconozca que provienen los mismos de los emolumentos, por lo tanto, de los sobrecargos que dice representar.

 

Eso aunado a que la empresa no puede intervenir en asuntos sindicales, ya que el viaje no tenía por finalidad ver algún tema relacionado con las aerolíneas que tienen contratación colectiva con la Asociación Sindical. No puede pagar boletos, o meterlos a vuelos viajando de “DH”, ni tampoco corriendo con el gasto del alojamiento en el hotel de pernocta de la ciudad de Villahermosa, Tabasco.

 

Ricardo se encuentra vulnerando de manera clara al sindicato, al permitir la injerencia de Aeroméxico en un tema, como lo es el 1° de mayo, totalmente sindical. Resulta absurda su defensa y más cuando es claro y evidente que le “escribieron la respuesta”, pues en ASSA de México no existen “Directivos sindicales”, ni se utiliza ese término dentro del argot de los sindicalistas.

 

El sindicato no es una empresa con diferentes directivos, unos por encima de otros, es una asociación de sobrecargos, cuyos representantes sindicales tienen cargos específicos y por esto todos tienen el mismo peso y valor al ser una organización horizontal. Los representantes sindicales sólo están ahí para ser intermediarios entre la empresa y la base de sobrecargos, no están para tomar decisiones, sino para ejecutar los mandatos que emerjan de la Asamblea que es el órgano máximo.

 

Sé de sobremanera que la Comisión de Vigilancia está acotada, ya que Lucía Navarrete, vocal de dicha Comisión participó del ilícito viaje, y que el secretario forma parte de los representantes incondicionales de Ricardo Del Valle, por lo que no van a querer proceder, por lo que haré pública esta carta, misma que será enviada a todos los medios de comunicación y a todos los periodistas con los que tengo contacto.

 

Esta violación estatutaria, es la gota que derrama el vaso, de las muchas más que ha cometido Ricardo Del Valle y su séquito de incondicionales.

 

Sin más por el momento.

Ximena Garmendia

37392

SUB

CMA