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Mexicana pagará primero a trabajadores: Profeco
Los nueve mil 781 representados por esta institución en el concurso mercantil de Mexicana sean considerados acreedores privilegiados para el pago de los créditos
México.- El Poder Judicial de la Federación otorgó a la Profeco un amparo que establece que los derechos de los consumidores deben catalogarse como derechos humanos, con lo que se avala que los nueve mil 781 representados por esta institución en el concurso mercantil de Mexicana sean considerados acreedores privilegiados para el pago de los créditos.
Con esta determinación, alcanzada por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil, los consumidores representados por la Profeco se ubican en el segundo lugar dentro del orden de prelación que se siga en la resolución del concurso interpuesto por la aerolínea, justo después de los trabajadores de la empresa.
Previo a esta resolución, los consumidores estaban catalogados como acreedores comunes, por lo que estaban en el último lugar de pagos, subrayó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
De esta manera, dijo, la sentencia emitida por el Tribunal destaca que la forma para proteger adecuadamente los derechos de los consumidores afectados por el cierre de Mexicana es ubicarlos a la par que los acreedores (con garantías) reales.
En opinión del Tribunal, la posición en el último lugar de las categorías previstas para el pago de los créditos en el concurso, como es la de los acreedores comunes, reduce sus posibilidades de ser resarcidos de modo efectivo por el incumplimiento de la comerciante en la prestación del servicio contratado.
En cambio, añade la resolución, si se eleva la posición de los consumidores en cuanto al orden en el cobro, es la mejor manera de garantizar el reembolso del pago del servicio que no se les proporcionó, de lograr su mayor beneficio y de dar vigencia al derecho reclamado.
“Por ende, aunque no al nivel de los trabajadores, concluimos que deben quedar situados en el grado inmediato inferior, ante la desventaja que tienen frente a los demás acreedores de la concursada; como en específico son los que tiene garantías reales, porque al menos ellos tienen amparado el pago de sus créditos con los bienes de la concursada otorgados mediante hipoteca o prenda”, establece el fallo.
Así, el Séptimo Tribunal Colegiado, en aplicación del principio pro homine, concluye que “ante la falta de disposición expresa sobre el lugar en que debe pagárseles a los consumidores los créditos que tengan contra la aerolínea, deben ser ubicados en el nivel inmediato inferior a los créditos de los trabajadores”.
De ese modo, refiere, el Estado estará haciendo lo más posible para resarcirlos en la satisfacción de los créditos que les corresponden y respetando sus derechos humanos.
Al respecto, la Profeco se congratuló ante este gran avance del Estado mexicano al ampliar la protección de los derechos de los consumidores, desde una dimensión de los derechos humanos.
Lo anterior, dijo, no hubiera sido posible sin las recientes reformas en materia de derechos humanos, que permitieron a la Procuraduría disponer de nuevas herramientas jurídicas para defender los derechos de los consumidores de una manera integral y desde una fundamentación de protección de garantías, y que el Tribunal en su resolución ahora de manera inédita reconoce.
La Profeco representa en el concurso mercantil, a través de 15 solicitudes de reconocimiento de créditos y tres recursos de apelación, a nueve mil 781 consumidores, por lo que manifestó su beneplácito por la resolución tomada por el Tribunal, “ya que se está otorgando a los consumidores un lugar privilegiado de cobro que no tenían anteriormente en los concursos mercantiles”.
De la misma manera, la Procuraduría consideró que a través de esta resolución, el Estado mexicano le otorga a los consumidores la mayor protección jurídica posible al ser reconocidos sus derechos como derechos humanos, lo cual es un avance clave en la defensa y promoción de los derechos de los consumidores.
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Mexicana pagará primero a trabajadores: Profeco
Los nueve mil 781 representados por esta institución en el concurso mercantil de Mexicana sean considerados acreedores privilegiados para el pago de los créditos
México.- El Poder Judicial de la Federación otorgó a la Profeco un amparo que establece que los derechos de los consumidores deben catalogarse como derechos humanos, con lo que se avala que los nueve mil 781 representados por esta institución en el concurso mercantil de Mexicana sean considerados acreedores privilegiados para el pago de los créditos.
Con esta determinación, alcanzada por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil, los consumidores representados por la Profeco se ubican en el segundo lugar dentro del orden de prelación que se siga en la resolución del concurso interpuesto por la aerolínea, justo después de los trabajadores de la empresa.
Previo a esta resolución, los consumidores estaban catalogados como acreedores comunes, por lo que estaban en el último lugar de pagos, subrayó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
De esta manera, dijo, la sentencia emitida por el Tribunal destaca que la forma para proteger adecuadamente los derechos de los consumidores afectados por el cierre de Mexicana es ubicarlos a la par que los acreedores (con garantías) reales.
En opinión del Tribunal, la posición en el último lugar de las categorías previstas para el pago de los créditos en el concurso, como es la de los acreedores comunes, reduce sus posibilidades de ser resarcidos de modo efectivo por el incumplimiento de la comerciante en la prestación del servicio contratado.
En cambio, añade la resolución, si se eleva la posición de los consumidores en cuanto al orden en el cobro, es la mejor manera de garantizar el reembolso del pago del servicio que no se les proporcionó, de lograr su mayor beneficio y de dar vigencia al derecho reclamado.
“Por ende, aunque no al nivel de los trabajadores, concluimos que deben quedar situados en el grado inmediato inferior, ante la desventaja que tienen frente a los demás acreedores de la concursada; como en específico son los que tiene garantías reales, porque al menos ellos tienen amparado el pago de sus créditos con los bienes de la concursada otorgados mediante hipoteca o prenda”, establece el fallo.
Así, el Séptimo Tribunal Colegiado, en aplicación del principio pro homine, concluye que “ante la falta de disposición expresa sobre el lugar en que debe pagárseles a los consumidores los créditos que tengan contra la aerolínea, deben ser ubicados en el nivel inmediato inferior a los créditos de los trabajadores”.
De ese modo, refiere, el Estado estará haciendo lo más posible para resarcirlos en la satisfacción de los créditos que les corresponden y respetando sus derechos humanos.
Al respecto, la Profeco se congratuló ante este gran avance del Estado mexicano al ampliar la protección de los derechos de los consumidores, desde una dimensión de los derechos humanos.
Lo anterior, dijo, no hubiera sido posible sin las recientes reformas en materia de derechos humanos, que permitieron a la Procuraduría disponer de nuevas herramientas jurídicas para defender los derechos de los consumidores de una manera integral y desde una fundamentación de protección de garantías, y que el Tribunal en su resolución ahora de manera inédita reconoce.
La Profeco representa en el concurso mercantil, a través de 15 solicitudes de reconocimiento de créditos y tres recursos de apelación, a nueve mil 781 consumidores, por lo que manifestó su beneplácito por la resolución tomada por el Tribunal, “ya que se está otorgando a los consumidores un lugar privilegiado de cobro que no tenían anteriormente en los concursos mercantiles”.
De la misma manera, la Procuraduría consideró que a través de esta resolución, el Estado mexicano le otorga a los consumidores la mayor protección jurídica posible al ser reconocidos sus derechos como derechos humanos, lo cual es un avance clave en la defensa y promoción de los derechos de los consumidores.