Ratifican asignación temporal a rutas de Mexicana
La Dirección General de
Aeronáutica Civil deberá insertar la aclaración correspondiente en todos
permisos vigentes de las demás aerolíneas
CIUDAD DE MÉXICO | Viernes 21 de septiembre de 2012Luz González | El Universal14:37
La jueza encargada del concurso mercantil de Mexicana de Aviación ratificó el carácter temporal de las autorizaciones a otras compañías para utilizar las rutas de la empresa,
y ordenó a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) insertar la
aclaración correspondiente en todos permisos vigentes.
En un acuerdo publicado este viernes, la Jueza Décimo Primero de
Distrito en Materia Civil, Edith Alarcón, ordenó a la DGAC emita una
determinación complementaria a todas las designaciones, permisos o
autorizaciones que haya otorgado a algún tercero, después del 19 de mayo
de 2011, para explotar las rutas nacionales e internacionales asignadas
a Mexicana, y que estén vigentes.
La dependencia deberá insertar en todas las autorizaciones la siguiente
leyenda: "Se hace del conocimiento del concesionario, que la
designación, permiso o autorización "temporal" de la ruta a que se
refiere este documento, tiene su origen en lo determinado por el Juzgado
Decimoprimero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal,
mediante proveído de diecinueve de mayo de dos mil once... en virtud de
que la ruta señalada, pertenece al título de concesión TAN-OR-MXA, del
que es titular la persona moral nombrada."", señala el acuerdo.
En el caso de las designaciones, permisos o autorizaciones otorgadas con
una fecha específica de vencimiento, la dependencia deberá modificar su
decisión, determinando que no puede fijar una fecha específica de
vencimiento, y que vigencia culminará en el momento en que Compañía
Mexicana de Aviación reinicie operaciones.
También deberá ordenar que la determinación correspondiente se notifique
de forma personal a los concesionarios a quienes se hubiere concedido
el uso "temporal" de la ruta, "para lo cual deberá remitir a este
juzgado, las constancias que acrediten el cumplimiento a dicho mandato".
El lineamiento fijado en el acuerdo deberá aplicarse a futuras
designaciones, permisos o autorizaciones que otorgue la DGAC a algún
tercero, a fin de explotar las rutas incluidas en el título de concesión
TAN-OR-MXA de la concursada, previa comunicación a la jueza, como
rectora del concurso mercantil, remitiendo al juzgado copia certificada
de las constancias correspondientes.
"Lo anterior se determina así, sin desconocer la facultad que asiste a
la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de formular y conducir
las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las
comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; y, otorgar
concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el
territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y
operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios
aéreos internacionales", estableció la Jueza Alarcón.
En su resolución, precisa que el carácter temporal de los permisos para
explotar las rutas se estableció en el acuerdo del 19 de mayo de 2011
emitido por el juzgado, en el que, a solicitud de la DGAC, se modificó
la prohibición total de poder explotar las rutas de la aerolínea, a fin
de atender la demanda de servicios aéreos:
"Que las autorizaciones que en su caso emita dicha Secretaría con base
en las necesidades del trasporte aéreo, de ninguna forma alterarán los
derechos y autorizaciones otorgados a Compañía Mexicana de Aviación,
sociedad anónima de capital variable, en términos del artículo 19 de la
Ley de Aviación Civil, y la concursada podrá tener acceso a las rutas
concesionadas cuando así lo requiera..."
Ante la polémica generada por la eventual devolución de las rutas, y las
demandas de dos de los tres sindicatos que representan a los
trabajadores de Mexicana, el juzgado requirió a la DGAC copia
certificada de las autorizaciones temporales concedidas para explotar
las rutas, que la dependencia entregó el 27 de agosto.
Al analizar el informe, la Jueza advirtió que, al emitir las
autorizaciones, la dependencia no aclaró los motivos por los cuales
autorizaba temporalmente la explotación de las rutas.
Ello era necesario, señaló, para dar "claridad y certeza a los
concesionarios solicitantes, de los limitados efectos y alcances de
tales autorizaciones temporales, evitando así confusiones y por ende
trastornos, que entorpecerían el desarrollo mismo de la rehabilitación
de operaciones de la concursada, lo cual reviste medular importancia
para los fines del presente concurso mercantil".
Para garantizar esa certeza, emitió el acuerdo publicado este viernes.