21 septiembre 2012

DEL CORREO DEL BLOG

Ratifican asignación temporal a rutas de Mexicana

La Dirección General de Aeronáutica Civil deberá insertar la aclaración correspondiente en todos permisos vigentes de las demás aerolíneas
El lineamiento en el acuerdo deber� aplicarse a futuras designaciones, permisos o autorizaciones CASO MEXICANA El lineamiento en el acuerdo deberá aplicarse a futuras designaciones, permisos o autorizaciones . (Foto: Archivo ELUNIVERSAL )
CIUDAD DE MÉXICO | Viernes 21 de septiembre de 2012Luz González | El Universal14:37
Comenta la Nota

La jueza encargada del concurso mercantil de Mexicana de Aviación ratificó el carácter temporal de las autorizaciones a otras compañías para utilizar las rutas de la empresa, y ordenó a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) insertar la aclaración correspondiente en todos permisos vigentes.

En un acuerdo publicado este viernes, la Jueza Décimo Primero de Distrito en Materia Civil, Edith Alarcón, ordenó a la DGAC emita una determinación complementaria a todas las designaciones, permisos o autorizaciones que haya otorgado a algún tercero, después del 19 de mayo de 2011, para explotar las rutas nacionales e internacionales asignadas a Mexicana, y que estén vigentes.

La dependencia deberá insertar en todas las autorizaciones la siguiente leyenda: "Se hace del conocimiento del concesionario, que la designación, permiso o autorización "temporal" de la ruta a que se refiere este documento, tiene su origen en lo determinado por el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, mediante proveído de diecinueve de mayo de dos mil once... en virtud de que la ruta señalada, pertenece al título de concesión TAN-OR-MXA, del que es titular la persona moral nombrada."", señala el acuerdo.

En el caso de las designaciones, permisos o autorizaciones otorgadas con una fecha específica de vencimiento, la dependencia deberá modificar su decisión, determinando que no puede fijar una fecha específica de vencimiento, y que vigencia culminará en el momento en que Compañía Mexicana de Aviación reinicie operaciones.

También deberá ordenar que la determinación correspondiente se notifique de forma personal a los concesionarios a quienes se hubiere concedido el uso "temporal" de la ruta, "para lo cual deberá remitir a este juzgado, las constancias que acrediten el cumplimiento a dicho mandato".

El lineamiento fijado en el acuerdo deberá aplicarse a futuras designaciones, permisos o autorizaciones que otorgue la DGAC a algún tercero, a fin de explotar las rutas incluidas en el título de concesión TAN-OR-MXA de la concursada, previa comunicación a la jueza, como rectora del concurso mercantil, remitiendo al juzgado copia certificada de las constancias correspondientes.

"Lo anterior se determina así, sin desconocer la facultad que asiste a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; y, otorgar concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios aéreos internacionales", estableció la Jueza Alarcón.

En su resolución, precisa que el carácter temporal de los permisos para explotar las rutas se estableció en el acuerdo del 19 de mayo de 2011 emitido por el juzgado, en el que, a solicitud de la DGAC, se modificó la prohibición total de poder explotar las rutas de la aerolínea, a fin de atender la demanda de servicios aéreos:

"Que las autorizaciones que en su caso emita dicha Secretaría con base en las necesidades del trasporte aéreo, de ninguna forma alterarán los derechos y autorizaciones otorgados a Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable, en términos del artículo 19 de la Ley de Aviación Civil, y la concursada podrá tener acceso a las rutas concesionadas cuando así lo requiera..."

Ante la polémica generada por la eventual devolución de las rutas, y las demandas de dos de los tres sindicatos que representan a los trabajadores de Mexicana, el juzgado requirió a la DGAC copia certificada de las autorizaciones temporales concedidas para explotar las rutas, que la dependencia entregó el 27 de agosto.

Al analizar el informe, la Jueza advirtió que, al emitir las autorizaciones, la dependencia no aclaró los motivos por los cuales autorizaba temporalmente la explotación de las rutas.
Ello era necesario, señaló, para dar "claridad y certeza a los concesionarios solicitantes, de los limitados efectos y alcances de tales autorizaciones temporales, evitando así confusiones y por ende trastornos, que entorpecerían el desarrollo mismo de la rehabilitación de operaciones de la concursada, lo cual reviste medular importancia para los fines del presente concurso mercantil".

Para garantizar esa certeza, emitió el acuerdo publicado este viernes.