09 febrero 2012

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Prórroga de Mexicana crea incertidumbre jurídica: SCT
Negocios • 9 Febrero 2012 - 7:22pm — Notimex

La dependencia indicó en un comunicado el gobierno federal seguirá atento al proceso de reestructura, facilitando el mismo en términos legales y a la normatividad aplicable.

 
 
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Suspende juez de manera indefinida proceso mercantil de Mexicana

Ciudad de México • La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) sostuvo que la suspensión indefinida del término del periodo de conciliación de Mexicana de Aviación genera falta de certidumbre jurídica y económica para los acreedores y las partes interesadas.

La dependencia precisó que continúa sin recibir una notificación formal de que los recursos comprometidos por Med Atlántica para la reestructura de aerolínea hayan sido efectivamente depositados en el fideicomiso.

A través de un comunicado, se ha reiterado formalmente su solicitud al Juez rector del concurso mercantil de la aerolínea, Felipe Consuelo Soto, para que le informe sobre la comprobación del depósito y la procedencia del mismo.

La SCT manifestó su preocupación sobre la suspensión indefinida que decretó hoy el Juez, ya que los trabajadores son los más vulnerables, pues no han percibido ingreso alguno al no concretarse la reestructura de la empresa, ni una liquidación en términos de lo previsto por la ley.

Sin embargo, la SCT afirmó que será “respetuosa de las decisiones del Juez en su carácter de rector del concurso mercantil” y expresó su deseo de que el proceso de suscripción del convenio concursal culmine exitosamente a la brevedad, en los términos previstos en la Ley de Concursos Mercantiles.

Además, indicó que la SCT continúa atenta a que el conciliador, Gerardo Badín Cherit, formalice el convenio concursal en atención a las instrucciones de Felipe Consuelo Soto.

Señaló que el gobierno federal seguirá atento al proceso de reestructura, facilitando el mismo en términos legales y a la normatividad aplicable.

A su vez, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) reiteró su absoluto respeto a las decisiones del Juez y a las actuaciones del conciliador, así como su plena disposición para continuar acompañando a los trabajadores durante el proceso, a efecto de asesorarlos y atenderlos en el ámbito de sus atribuciones.