28 octubre 2014

DEL CORREO DEL BLOG

Trabajadores de Mexicana piden cesar venta de activos sin control

Por Miriam Posada García

La Jornada

lun, 27 oct 2014

Trabajadores de Mexicana de Aviación solicitaron a la Junta de Conciliación y Arbitraje que conmine al Síndico nombrado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes(SCT), Alfonso Ascencio Triujeque deje de vender activos de la empresa sin notificar antes a la Junta debido a que tiene esos bienes bajo su custodia para el pago de las obligaciones con los trabajadores y no para otros fines. Advirtieron que de persistir, el síndico podría hacerse acreedor a multas o prisión de uno a seis años.

El síndico habría vendido ya bienes de Mexicana en Cuba y Canadá, sin embargo el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil, que lleva el concurso mercantil y que encabeza la juez Edith Alarcón no ha emitido información detallada sobre las ventas.

Ante las irregularidades en el proceso la defensa de los trabajadores de Tierra que encabeza el abogado Joaquín Ortega Esquivel, promovió un recursos ante la Juntas Especial 3 Bis de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en el que señala que tienen conocimiento de que el síndico “está vendiendo bienes de la compañía concursada que se encuentran bajo depósito decretado en el expediente de huelga, a cargo del patrón y para garantizar el pago de las obligaciones de los trabajadores”.

Puntualizaron que sólo ayer en la lista de acuerdos del Juzgado Décimo Primero de Distrito aparece información incompleta sobre la venta o enajenación urgente de diferentes bienes que están bajo custodia del síndico.

Ante lo que los trabajadores solicitaron a la Junta “girar oficio recordatorio al síndico del concurso mercantil, para que se abstenga de disponer de los bienes de la compañía sin tramitar el incidente que corresponde ante esta Junta y sin el acuerdo de la misma en relación con la disposición de bienes sujetos a depósito laboral”.

La defensa de los trabajadores también pidió a la Junta que prevenga al síndico de lo dispuesto en los artículos 382 y 383 del Código Penal Federal para que se abstenga de disponer “para sí o para otro de cualquier cosa ajena mueble, de la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio”, ya que podría ser sancionado con uno a 6 años de prisión dependiendo de la gravedad de la falta, así como con algunas multas.