18 marzo 2014

BOLETÍN Nª 3210


Boletín N°. 3210 Ejecutivo no puede ni debe intervenir en la resolución del concurso mercantil de Mexicana de Aviación y sus filiales 

Es el juzgado, la autoridad para pronunciarse sobre la posible quiebra o firma de convenio concursal


STPS estará atenta y será respetuosa de la determinación y salvaguardará los derechos de los trabajadores



18-03-2014.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó a la Cámara de Diputados que el Ejecutivo federal no puede ni debe intervenir en la resolución del concurso mercantil de Mexicana de Aviación y sus filiales Aerovías Caribe, SA de CV (Click), Mexicana Inter, SA de CV (Link) y Mexicana MRO, SA de CV, pero estará atento y será respetuoso de la determinación judicial que se tome.



Precisó que el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal es el que conoce del concurso mercantil de Mexicana de Aviación y sus filiales, es la autoridad jurisdiccional rectora del procedimiento y la que, en consecuencia, habrá de pronunciarse sobre la posible quiebra o, en su caso, la firma de un convenio concursal.



El pasado 4 de marzo, el Pleno camaral exhortó al secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, a crear una mesa de diálogo y negociación con los trabajadores de Mexicana de Aviación, a fin de preservar la fuente de trabajo.



Propuso integrar dicha mesa con trabajadores activos, jubilados, pilotos, sobrecargos y personal de tierra para alcanzar una solución que respete sus derechos laborales y de seguridad social. 



En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la STPS expresó que actualmente la juez rectora del concurso mercantil de la compañía Mexicana MRO autorizó la propuesta hecha llegar al conciliador de la aerolínea Mexicana de Aviación por el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AlCM), el Banco Mercantil del Norte, Grupo Financiero Banorte (Banorte) y el Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext), relativa al aumento de capital social de la Base de Mantenimiento MRO (llamada comerciante) a través de la capitalización de pasivos.



Mencionó que el convenio concursal de Mexicana MRO fue suscrito por la mayoría de los acreedores reconocidos, y por acuerdo de 18 de febrero de 2014, se tuvo por suscrito por parte de la propia comerciante. Dicho documento y su resumen se pusieron vista de los acreedores reconocidos por un término de cinco días, a fin de que, en su caso, presenten las objeciones que consideren pertinentes, respecto de la autenticidad de la expresión de su consentimiento, y ejerzan el derecho de veto.



De autorizarse el convenio respectivo, argumentó, se dará viabilidad y supervivencia a MRO, y los activos se utilizarán en beneficio de los trabajadores de las cuatro empresas concursadas (Compañía Mexicana de Aviación, Mexicana Inter, Aerovías Caribe y MRO).



Afirmó que esta Secretaría ha privilegiado el diálogo permanente con los representantes de los trabajadores de Mexicana de Aviación, a fin de buscar soluciones a las diversas problemáticas que en el ámbito laboral se han generado y haciendo votos para que el resultado del concurso mercantil privilegie la preservación de la fuente de trabajo, y “continuará atenta a efecto de salvaguardar los derechos de los trabajadores”.



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