29 febrero 2012

DEL CORREO DEL BLOG

La trampa de Consuelo
Alicia Salgado   
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Parece que el juez Felipe Consuelo, tan ducho ya en los temas de aviación tras 16 meses llevando el Concurso Mercantil de Mexicana, desconoce un ordenamiento constitucional básico.

Ése que los integrantes del pleno de la Suprema Corte, que preside el ministro Juan Silva, conocen bien porque rige su actuación dado que está inscrito en el artículo 16 de la Constitución: toda actuación o resolución judicial o de autoridad, debe estar fundado y motivado en ley. Violarlo es motivo de suspensión y separación del cargo y tiene consecuencias penales, pero en el caso de Consuelo, la permisibilidad de la Corte sorprende.

La Ley de Aviación en su artículo 9, fracción primera, dice que los interesados en obtener concesiones para prestar el servicio público de transporte aéreo, se debe acreditar la capacidad técnica, financiera, jurídica y administrativa. Med Atlántica y su aparente vocero, Christian Cadena, dicen que quieren comprarla, pero no exhiben los recursos económicos, se desconoce su trayectoria y a sus inversionistas.

El reglamento de la Ley de Aviación Civil, artículo 19, fracción II, incisos a y b, indica que “para obtener la concesión” y por ende “el Certificado de Operación Aérea, el inversionista interesado debe presentar la documentación que acredite su solvencia económica y la disponibilidad de recursos financieros o fuentes de financiamiento, además de un programa de inversión congruente con las características del servicio que pretender prestar con una proyección a un plazo no menor a tres años”. Tres veces ha dicho que los tiene, que está a horas de recibirlo, el juez dijo que le exhibieron el cheque y… éste sólo existe en voz de Consuelo, ¿o quiere creer que existe?

Sume a esto que el certificado de operación aérea es un documento que entrega el Estado mexicano a una empresa que cuenta con todas las capacidades descritas, para ser operador para ser reconocido internacionalmente y poder transportar personas y carga, con la seguridad que exige la norma mundial.

De hecho, en el artículo 33 del Convenio de Chicago, se establece que los países firmantes se obligan a que los certificados de aeronavegabilidad que otorguen a sus aerolíneas, deben comprobar capacidad económica, aptitud técnica avalada en las licencias, las que serán reconocidas “siempre que los requisitos sean iguales o superiores a las normas mínimas que se establezcan en la aplicación del convenio”.

Por esta razón, la SCT, de Dionisio Pérez–Jácome, no puede otorgar el Certificado de Operación que le exige Consuelo y menos “condicionado” porque no hay una realidad qué certificar, no hay una empresa solvente qué certificar y ningún juez, magistrado o ministro del Poder Judicial Federal puede avalar que se condicione al Estado mexicano, que se le pida a quien debe mandatar la leyes y ordenamientos secundarios a violarlas.

Si lo hiciera Pérez–Jácome, o cualquier funcionario de la SCT, empezando por Gerardo Sánchez Hénkel, perdería su libertad y su patrimonio por el ejercicio indebido de sus funciones.

El juez, basado en un argumento mediático, no validado por la ley, pretende hacer creer que con un certificado en papel, por decreto, con recursos de saliva que sólo el juez dice que existen, puede dotarse de solvencia a Mexicana. ¿Qué él no debe constatar primero que la empresa es solvente para terminar el concurso?, ¿Dónde se invierte la racionalidad del argumento jurídico?, dirían el ministro Silva Meza o los ministros Ortiz Mayagoitia y Margarita Luna.

Si la SCT acata lo que le pide el juez y no denuncia ante la autoridad superior el chantaje al que está sometiendo al Estado, tendría no sólo repercusión nacional sino generaría dudas sobre la validez de todos los certificados que ha emitido el gobierno mexicano, ¡iríamos a categoría III!, y esa, no es una cuestión menor, porque la consecuencia sería que la capacidad certificadora del Estado mexicano dejaría de ser confiable.

¿Eso quiere el juez Consuelo para terminar con su propia trampa?, ¿quiere entrampar al Estado mexicano? Ninguna causa, por social que sea, lo justifica.

Los mercados, y el aéreo no es la excepción, requieren certeza jurídica y la actuación del juez, lo único que ha hecho en este caso, es violar la garantía constitucional de audiencia a todos los acreedores, no revisa ni siquiera las órdenes que le han dado los tribunales superiores para revisar sus decisiones.

Hoy, el juez le ha pedido a la SCT que le expida el Certificado de Operador Aéreo a Mexicana pese a que no ha demostrado solvencia la aerolínea y cuando ésta depende de que “alguien” sanee sus pasivos, que pague los adeudos laborales y fiscales primero, que capitalice a la aerolínea. ¡No hay gallina, sólo engaño! ¿Ve su trampa?

Su argumento mediático, no legal, es que con esto se rompería el efecto del “huevo y la gallina” disque porque el inversionista Med Atlántica no quiere demostrar que tiene los recursos hasta que tenga ese papel, que dicho sea de paso, se le entrega a una línea aérea. O sea, el juez le pide a la SCT una ilegalidad y que viole el Convenio de Chicago, para salir de la trampa en que él mismo se ha metido.