26 agosto 2013

DEL CORREO DEL BLOG

DERECHOS QUE SE DEBEN CONOCER

Sin excepción, en todo tipo de relaciones obrero-patronales están a salvo los derechos consagrados en la LEY FEDERAL DEL TRABAJO,así que incluso quiénes ante la necesidad urgente de un ingreso eventualmente lleguen a aceptar someterse a condiciones desventajosas,en cualquier momento están en posibilidades de demandar a su favor la intervención de las autoridades laborales.

Los derechos laborales son irrenunciables, la relación de trabajo que NO cumplan los requisitos de los derechos tutelados por la ley a favor del trabajador,son relaciones de trabajo inconsistentes y FUERA DE LA LEY.

El párrafo tres del Art. 1o. de la Constitución establece la "OBLIGACIÓN DEL ESTADO MEXICANO( en todos los niveles de gobierno sin excepción) DE PROMOVER,  RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS".

Así mismo el Art.123 establece el derecho y la garantía de todo los mexicanos a contar con un trabajo digno, bien remunerado con acceso al seguridad social y los TRATADOS INTERNACIONALES, (Carta Internacional de Derechos Humanos cuya aplicación queda bajo la mano de la ONU y la Carta Interamericana de Derechos Humanos bajo la tutela de la OEA) dónde se menciona al trabajo como uno de los más sagrados derechos del el ser humano,para asegurar su subsistencia y la de su familia.

TODO LO QUE VA EN CONTRA DE LA LEY, ES EL ORDEN PÚBLICO, normas que no admiten pacto en contrario.

SALUDOS