06 noviembre 2012

DEL CORREO DEL BLOG

Cambian criterios para rutas

Credito:
Alejandro de la Rosa / El Economista
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) aplica desde el pasado 16 de octubre nuevos criterios para el otorgamiento de rutas regulares internacionales solicitadas por dos o más concesionarios nacionales para el mismo origen-destino, en el que se incluye la figura del permiso temporal, que jurídicamente no existe y ha sido aplicado por la autoridad para mejorar la conectividad del país tras el cese de operaciones de Mexicana de Aviación.
En una circular interna, firmada por su director, Sergio Romero, se menciona que son ellos los encargados del otorgamiento de autorizaciones para la operación de los vuelos demandados, “ya sea bajo las disposiciones de un tratado internacional o bien sujetas a un permiso temporal”.
Adolfo Crespo, vocero de Mexicana, en concurso mercantil, ha insistido en las últimas semanas que los permisos temporales que se han dado son ilegales pese al argumento de otorgarlos para atender la demanda de pasajeros existente.
“Se trata de una medida que pretende poner en blanco y negro los criterios de asignación, pero también se observa la intención de darle entrada a una autorización que no está fundamentada legalmente. Luego de la salida de un operador, en el 2010, obviamente hay una infinidad de rutas que no se han cubierto y el interés en ellas existe”, comentó Pedro Sánchez, presidente del Colegio de Ingenieros Mexicanos en Aeronáutica.
Para el exfuncionario de la DGAC, con la nueva circular se dejan a un lado los convenios bilaterales que tiene firmados México y cabe la posibilidad de que las aerolíneas extranjeras, por cuestiones de reciprocidad, utilicen el mismo criterio de incrementar la conectividad y soliciten más permisos a los previamente establecidos, con lo cual incrementarían su participación.
ESTUDIO COMPARATIVO
La autoridad aeronáutica refiere en la circular que en caso de que se presenten dos o más solicitudes para operar una ruta internacional en un lapso de 10 días, ésta fijará un plazo no mayor a los cinco días siguientes a la recepción de la última solicitud para que los interesados presenten un estudio económico-comparativo.
Los criterios que se habrán de evaluar son: número de asientos semanales, competencia (número de aerolíneas de diferentes grupos en la ruta), fecha de inicio de operaciones y reporte de desempeño. Cada uno de ellos tendrá el mismo peso en la decisión final (25% cada uno) y quien reúna más será el beneficiado.
Sin embargo, el rubro de desempeño observado entrará en vigor seis meses después del 16 de octubre del 2012.