Con respecto al comentario sin bases, colerico y sin ningún fundamento legal:
"Inclusive es dificil aplicar para obtener un trabajo formal en otra empresa ya que POR LEY NO PUEDES TRABAJAR SIMULTANEAMENTE EN DOS EMPLEOS COTIZANDO SIMULTANEAMENTE PARA EL IMSS! y te aseguro que muchos de los que estan leyendo estas lineas no sabian esto. Gente como Mauricio o trabajan por honorarios, por propinas o hicieron alguna tranza para poder meterse a trabajar cuando aun son empleados de CMA."
Al hablar de esa manera muchos ya se pusieron a pensar en buscar otro trabajo, o por lo menos ya les nacio la duda, sin duda supongo que nuestro compañero o compañera debera hablar para la proxima con mayor precaución y con un poco de informacion real y deje de insultar la inteligencia de los demas, porque asi como el dice, gente que leemos esas lineas SI SABEMOS LA VERDAD.
Aqui les dejo el Articulo 33 de la Ley del Seguro Social:
Artículo 33. Para el disfrute de las prestaciones en dinero, en caso que el asegurado preste servicios a varios patrones se tomará en cuenta la suma de los salarios percibidos en los distintos empleos, cuando ésta sea menor al límite superior establecido en el artículo 28 los patrones cubrirán separadamente los aportes a que estén obligados con base en el salario que cada uno de ellos pague al asegurado.
Cuando la suma de los salarios que percibe un trabajador llegue o sobrepase el límite superior establecido en el artículo 28 de esta Ley, a petición de los patrones, éstos cubrirán los aportes del salario máximo de cotización, pagando entre ellos la parte proporcional que resulte entre el salario que cubre individualmente y la suma total de los salarios que percibe el trabajador.
Articulo 117 fraccion III inciso c de la Ley del Impuesto sobre la Renta:
III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
En pocas palabras, si trabajas para dos patrones, tienes que hacerles del conocimiento para que entre los dos paguen de manera proporcional los impuestos, ademas de que se obliga al empleado que ESTE TRABAJANDO PARA DOS EMPRESAS a presentar la declaracion anual.
"Inclusive es dificil aplicar para obtener un trabajo formal en otra empresa ya que POR LEY NO PUEDES TRABAJAR SIMULTANEAMENTE EN DOS EMPLEOS COTIZANDO SIMULTANEAMENTE PARA EL IMSS! y te aseguro que muchos de los que estan leyendo estas lineas no sabian esto. Gente como Mauricio o trabajan por honorarios, por propinas o hicieron alguna tranza para poder meterse a trabajar cuando aun son empleados de CMA."
Al hablar de esa manera muchos ya se pusieron a pensar en buscar otro trabajo, o por lo menos ya les nacio la duda, sin duda supongo que nuestro compañero o compañera debera hablar para la proxima con mayor precaución y con un poco de informacion real y deje de insultar la inteligencia de los demas, porque asi como el dice, gente que leemos esas lineas SI SABEMOS LA VERDAD.
Aqui les dejo el Articulo 33 de la Ley del Seguro Social:
Artículo 33. Para el disfrute de las prestaciones en dinero, en caso que el asegurado preste servicios a varios patrones se tomará en cuenta la suma de los salarios percibidos en los distintos empleos, cuando ésta sea menor al límite superior establecido en el artículo 28 los patrones cubrirán separadamente los aportes a que estén obligados con base en el salario que cada uno de ellos pague al asegurado.
Cuando la suma de los salarios que percibe un trabajador llegue o sobrepase el límite superior establecido en el artículo 28 de esta Ley, a petición de los patrones, éstos cubrirán los aportes del salario máximo de cotización, pagando entre ellos la parte proporcional que resulte entre el salario que cubre individualmente y la suma total de los salarios que percibe el trabajador.
Articulo 117 fraccion III inciso c de la Ley del Impuesto sobre la Renta:
III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
En pocas palabras, si trabajas para dos patrones, tienes que hacerles del conocimiento para que entre los dos paguen de manera proporcional los impuestos, ademas de que se obliga al empleado que ESTE TRABAJANDO PARA DOS EMPRESAS a presentar la declaracion anual.