07 diciembre 2007

CONSIGNACIÓN A FRANCISCO VILLARREAL Y PILAR MANRIQUE

México D.F., a 23 de noviembre de 2007.


Comisión de Vigilancia
Presente


Con base en el artículo 17, fracción XI, de nuestro estatuto en vigor, consignamos a los compañeros, Francisco Villarreal Peláez, Secretario General y a Pilar Manrique Medellín, Secretaria de Trabajo, por permitir la empresa Mexicana de Aviación viole nuestro Contrato Colectivo de Trabajo desde la suspensión del laudo, dictaminada por el Tribunal Colegiado de Circuito, sin que a la fecha presente una estrategia de defensa de nuestro CCT.

HECHOS:

El pasado lunes 12 de noviembre se llevó a cabo una asamblea General Extraordinaria donde se acordó realizar una marcha y un cierre simbólico de las instalaciones de Mexicana de Aviación en la explanada de la Torre de Xola, con el fin de reclamar a la empresa el respeto a la resolución de las autoridades judiciales respecto de la suspensión del laudo.
Este acto tuvo como resultado una reunión entre el Director General de la empresa, Manuel Borja Chico, y el Secretario General, Francisco Villarreal Peláez, donde, el primero, se comprometió a respetar nuestras condiciones contractuales, acatando la resolución judicial de suspensión del laudo, a partir del día 13 de noviembre y así lo informó Francisco Villarreal Peláez a los asistentes. En ese mismo acto, la Secretaria de Trabajo, Pilar Manrique Medellín, comentó que los retroactivos correspondientes serían gestionados en fecha posterior.

De lo anterior se desprenden las siguientes anomalías:



Hasta el día de hoy (23 de noviembre de 2007) la empresa no ha respetado la resolución de la autoridad en lo que se refiere a la operación (jornadas, recesos, descansos, paso por la base, intocables, pago de mínimas), sin que a la fecha tengamos comentario alguno por parte de los compañeros antes mencionados respecto a las acciones a seguir por tales violaciones;

En la circular informativa de noviembre 12 del 2007, ref: CIR-ST-304-11/2007, en el tercer párrafo, se hace mención que “Con respecto a las asignaciones, éstas se tendrán que ir resolviendo paulatinamente los próximos días con el fin de no cancelar vuelos y afectar la operación de la empresa”, con lo que se demuestra un acuerdo entre el Secretario General, la Secretaria de Trabajo y la empresa Mexicana de Aviación que a todas luces es violatorio de nuestro estatuto y rebasa las atribuciones de éstos;

Al día de hoy, no contamos con información sobre los gastos de alimentación correspondientes al periodo actual. Lo anterior con el objeto de estar en la posibilidad de verificar que estos sean los correctos con todas los incrementos de acuerdo a nuestro CCT, aún y cuando esta circunstancia fue solicitada de manera verbal a la delegación de CMA y a la Secretaria de Trabajo;

Tampoco se le ha dado continuidad a la estrategia política para buscar una resolución positiva a nuestra demanda de amparo. Respecto a este punto es importante comentar que es de vital importancia llevar a cabo estas acciones en tiempo y forma, ya que de lo contrario los efectos buscados serán nulos.

De lo anterior se desprende que los compañeros consignados han cometido actos y omisiones violatorios a nuestro estatuto en vigor en sus artículos: 3, fracción I; 17, fracciones: I, III, VII, y VIII; 70, fracciones: I, IV y X y 71, fracción: III y VI.

Por lo anteriormente expuesto y dada la importancia de la circunstancia planteada, le solicitamos que de manera inmediata se lleven a cabo las investigaciones necesarias y se turne al Tribunal de Honor y Justicia para la aplicación de las sanciones correspondientes. Así mismo, se lleven a cabo las acciones inmediatas a fin de resolver la problemática mencionada.


Atentamente








Ccp: Tribunal de Honor y Justicia;
Todos los agremiados a ASSA de México.

COMPAÑEROS, ESTA CONSIGNACIÓN ES PARA QUE USTEDES SE SUMEN A LA MISMA, SÓLO NECESITAN IMPRIMIRLA Y PONERLE SUS RESPECTIVOS NOMBRES. ASÍ COMO LLEVARLA AL SINDICATO, ESTO ES MUY IMPORTANTE, PARA QUE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA LE DE SEGUIMIENTO.

SALUDOS