20 agosto 2007

UNA NOTA A DESTACAR


México
Líderes obreros vulneran derechos de trabajadores, acusan

Organización Editorial Mexicana
20 de agosto de 2007
Carlos Acosta / El Sol de MéxicoCiudad de México.-
Como parte de la nueva cultura laboral, sindicatos, empresarios y autoridades definen y ejecutan acciones para vulnerar los derechos de los trabajadores, flexibilizar las relaciones obrero-patronales, disminuir prestaciones sociales y restar fuerza al sindicalismo en aras de la productividad del país.
Como muestra de lo les espera a organizaciones gremiales, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCyA) otorgó un plazo de 15 días, que vence el 28 de agosto, para que ASSA y Mexicana lleguen a un acuerdo, o de forma contraria se aplicará el laudo, situación en la que el dirigente del gremio, Francisco Villarreal, observa un complicado panorama.
Anticipa que se van a amparar, porque no puede ser la medida a través de la cual se pretenda modificar las condiciones de los trabajadores, sino que hay de por medio de las partes un acuerdo y negociación.
Dice que se llevan a cabo pláticas para llegar a un arreglo para resolverlo por la negociación y no la imposición. Hay una comisión negociadora y se trabaja con la empresa.
En su resolución, la autoridad laboral esgrime que es importante destacar que esta figura jurídica, también prevista en los artículos 900 a 919 de la LFT, hasta la fecha ha sido poco utilizada por empresas o sindicatos.
En términos generales, se trata de un procedimiento sumario en el que se privilegia la conciliación, siendo uno de los elementos principales de valoración para el juzgador el dictamen pericial.
Precisa que a fin de conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y los patrones, con fundamento en el artículo 919 de la LFT, la JFCyA puede llegar a aumentar o disminuir el personal, la jornada, la semana de trabajo, los salarios y, en general, modificar las condiciones de trabajo de la empresa, sin que en ningún caso pueda reducir los derechos mínimos consignados en las leyes.
Los fundamentos, razonamientos y elementos considerados por la JFCyA, para este caso particular, no sólo se basan en criterios de justicia social y equidad.
También se sustentan en el Capítulo IV, del Título Sexto, de la LFT, mismo que establece que el trabajo de las tripulaciones aeronáuticas incluye tanto a los pilotos como a los sobrecargos, sin que la Ley haga distinción o consideración especial entre estos dos gremios, respecto a las jornadas, recesos y descansos, entre otros aspectos.
Por ello, no existe razón lógica para que trabajadores a los que se les aplica la misma reglamentación, sostengan condiciones de trabajo diferentes. En consecuencia, y a efecto de preservar la fuente de trabajo, la JFCyA consideró procedente ordenar la modificación parcial de las condiciones colectivas de trabajo entre Mexicana de Aviación y ASSA.
LA JUNTA PARCIAL
Villarreal se queja de que la Junta realiza una actuación parcial que beneficia al patrón, ya que en el caso de este laudo no cumple con los lineamientos que la ley establece para estos casos.
"El artículo 919 de la Ley Federal del Trabajo, que es el último que regula el conflicto colectivo de naturaleza económica, señala que ninguna resolución que emita esa autoridad puede ir por debajo de las normas mínimas que establece, sin embargo en el laudo hay cuestiones que están por debajo de la ley, como es el caso de las vacaciones y horas nocturnas.
"El trabajo de la Junta es parcial, pro empresarial y en contra de los intereses de los trabajadores del país. El secretario se ha sentado a buscar una solución, pero se le ha comentado que no están de acuerdo con la junta y de la forma parcial en el asunto", agrega.
Lo de ASSA es el primero de una serie, porque se quitan prestaciones y con toda seguridad hacia allá van los contratos colectivos, eliminar prestaciones con una decisión de Gobierno, advierte Néstor de Buen, quien no duda que sea una advertencia más al sindicalismo; "es un asunto más preocupante que incluso en asunto de los mineros, en cuanto a las consecuencias inmediatas en el aspecto del valor del CCT".
El dirigente de los sobrecargos expresa que también es delicado que existan sindicatos de protección en algunas líneas áreas, que no cumplen ni con las normas que señala la LFT, en su capítulo de titulaciones aeronáuticas, y que como consecuencia de ello abaratan los costos de mano de obra, y eso es responsabilidad de la STyPS y al final ocurre que no se compite con las mismas reglas, lamenta Villarreal.
Anticipa que van a hacer el mejor esfuerzo en las negociaciones, pero una de las principales efectos negativos es lo que está alrededor de las jornadas, descansos y recesos, ingresos e integración de tripulaciones, así como días de descanso, vacaciones y los pagos derivados de la parte operativa.
El senador Carlos Aceves del Olmo puntualiza que no se debe aceptar de ninguna manera que alguien intentara mutilar los contratos colectivos que son resultado de largas luchas y que sustentan el derecho de los trabajadores de libre asociación, de contratación colectiva y de huelga.
Sin embargo, agrega que está en manos de los trabajadores defenderse con todos los recursos legales y la obligación de la empresa de respetarlo, pero además de la autoridad laboral como tutelar de los derechos de los trabajadores de vigilar que se cumpla estrictamente la ley o los convenios a los que se lleguen.
Para Villarreal a partir del caso de ASSA "para qué queremos reforma laboral, es más fácil formarnos en la JFCyA con el proyecto del nuevo contrato, generar alguna circunstancia económica y modificar las condiciones y se acabó el problema, ya está el caminito".