Ninguna autoridad solicitó verificar recursos para Mexicana: CNBV
Menciona que de acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones de crédito estarán obligadas a dar información relativa a las operaciones.
Roberto González Amador
Publicado: 17/02/2012 14:40
México, DF. La autoridad reguladora del sistema bancario aseguró este viernes que no ha recibido solicitud de ninguna autoridad para verificar la existencia y el origen de los recursos ofrecidos por un grupo de empresarios para capitalizar a Mexicana de Aviación.
“Al día de hoy, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) no ha recibido solicitud formal por parte de ninguna autoridad facultada respecto a información bancaria sobre la existencia y el origen de los recursos” para el rescate de la aerolínea, que entró en un proceso de suspensión de pagos en agosto de 2010, informó este viernes la autoridad reguladora.
A finales de enero, un grupo de inversionistas al frente de Med Atlantic ofreció aportar 415 millones de dólares para iniciar el proceso de rescate de Mexicana de Aviación, la aerolínea más antigua del país.
El 31 de enero pasado, Dionisio Pérez Jácome, secretario de Comunicaciones y Transportes, declaró en Radio Fórmula haber recibido información por parte del juez que lleva el concurso mercantil, Felipe Consuelo, en el sentido de que el cheque por 415 millones de dólares había sido depositado por los inversionistas en un fideicomiso.
“Estamos checando si está ahí el recurso”, declaró entonces el titular de Comunicaciones.
Los bancos sólo pueden dar información sobre las operaciones y servicios bancarios cuando es requerida por autoridades facultadas para ello, dado que se trata de datos protegidos por el secreto bancario.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 117 de la Ley de instituciones de crédito, los bancos estarán obligados a dar información relativa a sus operaciones y servicios cuando lo solicite la autoridad judicial “en virtud de providencia dictada en juicio en el que el titular o, en su caso, el fideicomitente, fideicomisario, fiduciario, comitente, comisionista, mandante o mandatario sea parte o acusado”, recordó este viernes la CNBV, el organismo regulador y supervisor del sistema financiero. La autoridad judicial podrá formular su solicitud directamente a la institución de crédito, o a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“La CNBV atenderá inmediatamente las solicitudes de las autoridades facultadas para requerir información y documentación relativa a operaciones y servicios bancarios, en el ejercicio de sus facultades establecidas en el marco regulatorio”, agregó en un comunicado.
Menciona que de acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, las instituciones de crédito estarán obligadas a dar información relativa a las operaciones.
Roberto González Amador
Publicado: 17/02/2012 14:40
México, DF. La autoridad reguladora del sistema bancario aseguró este viernes que no ha recibido solicitud de ninguna autoridad para verificar la existencia y el origen de los recursos ofrecidos por un grupo de empresarios para capitalizar a Mexicana de Aviación.
“Al día de hoy, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) no ha recibido solicitud formal por parte de ninguna autoridad facultada respecto a información bancaria sobre la existencia y el origen de los recursos” para el rescate de la aerolínea, que entró en un proceso de suspensión de pagos en agosto de 2010, informó este viernes la autoridad reguladora.
A finales de enero, un grupo de inversionistas al frente de Med Atlantic ofreció aportar 415 millones de dólares para iniciar el proceso de rescate de Mexicana de Aviación, la aerolínea más antigua del país.
El 31 de enero pasado, Dionisio Pérez Jácome, secretario de Comunicaciones y Transportes, declaró en Radio Fórmula haber recibido información por parte del juez que lleva el concurso mercantil, Felipe Consuelo, en el sentido de que el cheque por 415 millones de dólares había sido depositado por los inversionistas en un fideicomiso.
“Estamos checando si está ahí el recurso”, declaró entonces el titular de Comunicaciones.
Los bancos sólo pueden dar información sobre las operaciones y servicios bancarios cuando es requerida por autoridades facultadas para ello, dado que se trata de datos protegidos por el secreto bancario.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 117 de la Ley de instituciones de crédito, los bancos estarán obligados a dar información relativa a sus operaciones y servicios cuando lo solicite la autoridad judicial “en virtud de providencia dictada en juicio en el que el titular o, en su caso, el fideicomitente, fideicomisario, fiduciario, comitente, comisionista, mandante o mandatario sea parte o acusado”, recordó este viernes la CNBV, el organismo regulador y supervisor del sistema financiero. La autoridad judicial podrá formular su solicitud directamente a la institución de crédito, o a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“La CNBV atenderá inmediatamente las solicitudes de las autoridades facultadas para requerir información y documentación relativa a operaciones y servicios bancarios, en el ejercicio de sus facultades establecidas en el marco regulatorio”, agregó en un comunicado.