VAMOS POR EL PRINCIPIO Y PARA ACLARAR PEQUEÑOS DETALLES DE ESTA CIRCULAR, PARA EMPEZAR LA SUSPENSIÓN LA OTORGA EL TRIBUNAL DÉCIMO DE DISTRITO, NO LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
ASÍ CONSTA EN EL DOCUMENTO QUE LE ENVIARON A LA ASSA PARA NOTIFICARLE DE DICHA SUSPENSIÓN, EN DONDE ADEMÁS SE COMENTA QUE LA JUNTA SE EXTRALIMITÓ EN SUS FUNCIONES ENTRE OTRAS COSAS.
DESPUÉS EN LA MISMA CIRCULAR DECLARA QUE EN CASO DE QUE MEXICANA SIGA SIN ACATAR EL MANDATO DEL TRIBUNAL?, NO QUE HABÍA SIDO LA JUNTA?, BUENO EN QUE QUEDAMOS O LA JUNTA O EL TRIBUNAL.
Y DESPUÉS AÑADE QUE YA HA SIDO DENUNCIADO EN LOS MEDIOS DE INFORMACIÓN?, ME PODRÍAN DECIR CUALES, POR QUE POR MÁS QUE BUSCO Y BUSCO, NO ENCUENTRO NADA. Y PARA MUESTRA UN BOTÓN.
PARA REMATAR LA MISMA CON AQUELLO DE SE TOMARÁN LAS ACCIONES PERTINENTES, NOS PODRÍAS DECIR QUE ACCIONES?,PERO SOBRE TODO CUANDO?, POR QUE LOS SOBRECARGOS YA NO ENTENDIMOS NADA DE NADA.
SALUDOS