21 febrero 2014

BOLETÍN DE PRENSA SNTTTASS

Boletín de Prensa en Cencos hoy 21 febrero de 2014 

México D.F. 21 de febrero del 2014.



BOLETÍN DE PRENSA

Esta reunión tiene por objeto informar sobre la trascendencia que pudiera tener la orden de aprehensión contra Gastón Azcárraga para el caso general de mexicana de aviación del Concurso Mercantil y de los derechos de los trabajadores así como informar los avances que los trabajadores hemos tenido en relación con nuestra solicitud de adjudicación de los bienes de la empresa para crear una empresa social con capital de crédito que pudiera restablecer el servicio de Mexicana.

La orden de aprehensión contra Gastón Azcárraga solo satisface y produce la reparación de daño contra el gobierno de México, pues los delitos de los que se le acusa son defraudación fiscal y uso de los recursos ilícitos obtenidos de esa defraudación.

Queda a un lado la operación delictiva con la que Grupo Posadas adquirió a GRUPO MEXICANA DE AVIACIÓN de manos de CINTRA, empresa estatal, en una operación sujeta al control del Instituto de protección al Ahorro Bancario y por cuya causa Grupo Mexicana de Aviación, que según el IPAB mismo valía 1,456 millones de dólares, fue entregada a GRUPO POSADAS por solo 150 MDD. En esa operación DESAPARECIERON 265 MDD que CINTRA debía a los fideicomisos y fondos de retiro de los trabajadores, pues GRUPO POSADAS NO SE HIZO RESPONSABLE DE SU PAGO Y SIGUE INSOLUTO. Hoy en día sería GRUPO AEROMÉXICO, S.A. DE C.V. con el autor de esa magia, ANDRÉS CONESA, la empresa responsable.

Queda a un lado la serie de actos en fraude de MEXICANA DE AVIACIÓN y principalmente, de sus trabajadores, desde la venta de la Torre de Mexicana en menos de la mitad de su valor catastral, hasta la escisión de la Base de Mantenimiento hoy MEXICANA MRO, S.A, DE C.V. en la que MEXICANA aportó valores EN CERO, y un pasivo que asumió en pérdida para beneficio de los accionistas de GRUPO MEXICANA. Quedan a un lado LOS CRÉDITOS BANCARIOS FRAUDULENTOS QUE SE CONCEDIERON A GRUPO MEXICANA POR BANCOMEXT Y BANORTE, DEJANDO EN MANOS DE LOS BANCOS TODOS LOS ACTIVOS DE MEXICANA, y por los que ambos bancos se quedan aparentemente hoy con la BASE DE MANTENIMIENTO EN PREMIO A ESE FRAUDE.

Queda a un lado, la venta de NUEVO GRUPO AERONÁUTICO, S.A. DE C.V. que tenía consigo TRES CONCESIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AEROTRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS Y CARGA, UN PERMISO DE TALLER DE MANTENIMIENTO DE AERONAVES, 84 rutas internacionales y 82 rutas nacionales, y más de 4000 slots, EN MIL PESOS, además:

SIN QUE TENEDORA K., LA COMPRADORA, SE COMPROMETIERA A PAGAR LOS PASIVOS DE NUEVO GRUPO AERONÁUTICO, Y HABIENDO RESULTADO ESOS PASIVOS INSOLUTOS.

Al margen de todas las maniobras de esa banda de criminales, el Código Penal dice: 

Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

El delito de fraude se castigará con las penas siguientes:

I.- Con prisión de 3 días a 6 meses o de 30 a 180 días multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el salario;

II.- Con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario, cuando el valor de lo defraudado excediera de 10, pero no de 500 veces el salario;

III.- Con prisión de tres a doce años y multa hasta de ciento veinte veces el salario, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el salario.

Artículo 387.- Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:

(……)

XIV.- Al que venda o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella, o sin que el nuevo adquirente se comprometa a responder de los créditos, siempre que estos últimos resulten insolutos. Cuando la enajenación sea hecha por una persona moral, serán penalmente responsables los que autoricen aquella y los dirigentes, administradores o mandatarios que la efectúen;

En la historia de MEXICANA hubo ya la venta de CINTRA a Grupo Posadas en la que GRUPO POSADAS no se comprometió al pago de los 265MDD que CINTRA debía a los trabajadores y la venta de los ex accionistas de Nuevo Grupo Aeronáutico, Gastón Azcárraga, Ángel Lozada Moreno, Juan Ignacio Gallardo Thurlow, Javier Molinar Horcasitas, Banca Ixe, Laura Diez Barroso a través de su fideicomiso, la familia Atman de Mexicana, en solo MIL PESOS, a Tenedora K, doblemente fraudulenta porque la Ley de Concursos Mercantiles dice:

Artículo 244.- En todos los casos en que la venta de la empresa del Comerciante incluya la transmisión del título de concesión, la operación deberá contar con la aprobación previa de la autoridad concedente, quien verificará que el adquirente cumpla con los requisitos que para estar en condiciones de prestar el servicio público establezcan las disposiciones aplicables.

DOS VENTAS FRAUDULENTAS QUE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DEBERÍA PERSEGUIR Y CASTIGAR PORQUE SOLO EN ESA FORMA SE REPARARÍA EL DAÑO PROFUNDO QUE ESOS DELINCUENTES CAUSARON AL PAÍS Y A 8,620 TRABAJADORES.

Si el Gobierno mantiene esa impunidad al menos DEBE CUMPLIR CON EL RESPETO AL LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS TRABAJADORES ADJUDICANDO EN SU FAVOR LAS CONCESIONES DE LAS TRES AEROLÍNEAS CON TODOS SUS DERECHOS, LOS CONTRATOS DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS NACIONALES E INTERNACIONALES, LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIOS AEROPORTUARIOS, Y HACER JUSTICIA PARA QUE SE SUMEN A ESE ACERVO LOS CONCEPTOS DE REPARACIÓN DEL DAÑO DELINCUENCIAL QUE SE CAUSÓ A LOS TRABAJADORES, PARA QUE PUEDAN HACER VIVIR A LAS AEROLÍNEAS QUE NO SON OTRA COSA QUE SU PLANTA LABORAL.

Atentamente


LOS TRABAJADORES DE MEXICANA DE AVIACIÓN