19 abril 2010

DEL CORREO DEL BLOG

Estimados amigos como ven esto?

Saludos.

Esta es nuestra próxima realidad........ Si no Nos portamos como Hombrecitos............


FUENTE:
http://www.democraciaylibertadsindic...caso&Itemid=13

Aladia contrata pilotos con la categoría de “socios”, no de trabajadores.
Jueves, 18 de Marzo de 2010 21:40 * Modalidad laboral “novedosa” en la aviación mexicana, advierten pilotos

Ciudad de México.- La aerolínea Aladia de vuelos charters, ante el reinicio de operaciones contrata pilotos mediante un esquema mucho más refinado o sutil que el conocido sistema de contratación de protección patronal. En este caso no hay sindicato visible, se establece la relación laboral a través de la figura de sociedad mercantil, donde los pilotos contratados no tienen la categoría de trabajadores, sino que son considerados como “socios”, como ya ocurre en Colombia con trabajadores y trabajadoras de líneas aéreas que afecta a otros puestos además de los pilotos.

Algunas de las características laborales que tendrán los “socios” contratados en Aladia serán:
• La contrtación se realiza mediante una empresa de "outsourcing".
• Mínimas prestaciones, entre ellas: viáticos; servicio de gastos médicos mayores (solo para el “socio” aviador, no para sus dependientes económicos); seguro de vida y seguro de pérdida de licencia.

• No hay un "rol" definido de vuelos, se sabe de cada vuelo como van vendiéndose.
• Las bases serán: Cancún y Monterrey, por lo que, de contratarse, están obligados a cambiar de residencia.

• No hay exámenes de admisión como tal, solo les aplican un examen psicométrico y otro de conocimientos generales.
• Volarán en aviones rentados, la mayoría a Aviacsa.
• Tienen estrictamente prohibido entablar una relación sentimental dentro de la empresa, de hacerlo serán despedidos.
• Es obligación darse de alta en Hacienda como "asociado" de la misma empresa contratante.
• No tiene derecho a vacaciones con goce de sueldo ya que no son trabajadores sino “socios” .

• El pago mensual se considera “iguala de utilidades “.

• Al ser “socios” no tienen derecho a Seguro Social, reparto de utilidades, aguinaldo, caja de ahorros y tampoco hay aguinaldo.

De acuerdo con fuentes cercanas a la Federación Internacional del Transporte (ITF), este mecanismo es usado en otros países e incluye otras categorías además de los pilotos. En Colombia, por ejemplo, se establece la relación individual o bien, a través de Cooperativas de Trabajo Asociado, que son realmente empresas encubiertas que celebran contratos con las empresas para proveerles de “cooperativados”, donde los derechos para las y los trabajadores son inexistentes.

Ante esta modalidad laboral “novedosa” en la aviación mexicana la Campaña Internacional contra los Contratos Colectivos de Protección Patronal dará seguimiento a estas prácticas de simulación laboral que impide el acceso a los más elementales derechos humanos laborales.