Mexicana de Aviación: ATRACO con la Ley en la mano
Iniciamos con una caricatura del monero Hernández:
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje decidió modificar las reglas del vuelo.
Los sobrecargos de Mexicana volarán 10 horas más al mes.
Se reducen vacaciones que tenían en el contrato anterior.
Eliminan descansos por demoras y se paga como tiempo extra.
Un sobrecargo atenderá a 50 pasajeros por vuelo.
El beneficio de recuperación por fatiga de vuelo se suprime.
Los argumentos de Mexicana para modificar el contrato:
2 mil 748 millones de pesos es el valor de sus propiedades a diciembre de 2006, es decir, una baja de 75 por ciento.
48.5 por ciento de sus pasivos a corto plazo están respaldados solamente.
Para consultar la ley federal del trabajo y comprobar cómo se pretende violar, desde la "autoridad", el aspecto legal, pueden consultar el texto en la siguiente liga:
http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/123/
Bien ahora veamos qué les pretenden ROBAR, revestido de "legalidad", a los trabajadores de Mexicana de Aviación. Aquí hemos mencionado y documentado, que el mandato supremo, como es la Constitución, no tiene contemplado y mucho menos facultado al Estado o Gobierno, a generar situaciones que afecten al trabajador. Pues bien La Ley Federal del Trabajo, que es una ley menor, tampoco valida afectaciones, para los trabajadores revestidos en personal de vuelo, y cita claramente al inicio de ese capítulo:
TITULO SEXTO
Trabajos Especiales
CAPITULO IV
TRABAJO DE LAS TRIPULACIONES AERONAUTICAS
ARTICULO 215. LAS DISPOSICIONES DE ESTE CAPITULO SE APLICAN AL TRABAJO DE LAS TRIPULACIONES DE LAS AERONAVES CIVILES QUE OSTENTEN MATRICULA MEXICANA. TIENEN COMO FINALIDAD, ADEMAS DE LA PREVISTA EN EL ARTICULO 2o, GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES AERONAUTICAS, Y SON IRRENUNCIABLES EN LA MEDIDA EN QUE CORRESPONDAN A ESTE PROPOSITO.
Bien, en un artículo del diario Reforma, se publican algunas medidas pretendidas, contra lo mandatado por la Constitución, y por la propia ley federal del trabajo.
TRABAJO DE LAS TRIPULACIONES AERONAUTICAS
ARTICULO 215. LAS DISPOSICIONES DE ESTE CAPITULO SE APLICAN AL TRABAJO DE LAS TRIPULACIONES DE LAS AERONAVES CIVILES QUE OSTENTEN MATRICULA MEXICANA. TIENEN COMO FINALIDAD, ADEMAS DE LA PREVISTA EN EL ARTICULO 2o, GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES AERONAUTICAS, Y SON IRRENUNCIABLES EN LA MEDIDA EN QUE CORRESPONDAN A ESTE PROPOSITO.
Bien, en un artículo del diario Reforma, se publican algunas medidas pretendidas, contra lo mandatado por la Constitución, y por la propia ley federal del trabajo.
De un 'plumazo'
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje decidió modificar las reglas del vuelo.
Los sobrecargos de Mexicana volarán 10 horas más al mes.
Se reducen vacaciones que tenían en el contrato anterior.
Eliminan descansos por demoras y se paga como tiempo extra.
Un sobrecargo atenderá a 50 pasajeros por vuelo.
El beneficio de recuperación por fatiga de vuelo se suprime.
Los argumentos de Mexicana para modificar el contrato:
2 mil 748 millones de pesos es el valor de sus propiedades a diciembre de 2006, es decir, una baja de 75 por ciento.
48.5 por ciento de sus pasivos a corto plazo están respaldados solamente.
Para consultar la ley federal del trabajo y comprobar cómo se pretende violar, desde la "autoridad", el aspecto legal, pueden consultar el texto en la siguiente liga:
http://info4.juridicas.unam.