08 agosto 2012

BOLETÍN DE PRENSA DEL SNTTTASS

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE TRANSPORTES, TRANSFORMACIÓN, AVIACIÓN, SERVICIOS Y SIMILARES
 
AFILIADO A LA FEDERACION INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL TRANSPORTE
MIEMBRO DE LA FEDERACION DE ASOCIACIONES Y SINDICATOS DE TRABAJADORES DE AVIACION
REG. STPS No. 1369
 
        5 DE FEBRERO No. 684. COL. ALAMOS                                                                            C.P. 03400 MEXICO, D.F.
      
                                                                                                    8 de agosto de  2012.
 
 
BOLETÍN DE PRENSA
 
 
Derivado de la entrevista el día de hoy en el programa a su cargo “En los tiempos de la Radio”  frecuencia 103.3 de FM, a pregunta expresa del Lic. Oscar Mario Beteta y el Lic. Vicente Corta Fernández, respecto de la responsabilidad gubernamental del pasivo laboral de provisión de fondos de retiro, pensiones y jubilaciones de los trabajadores de MEXICANA DE AVIACIÓN acumulado desde que CINTRA fue creada y  comprendiendo el período entre el  20 de diciembre de 2005 y hasta el 20 de diciembre de 2006,  FECHA DE TERMINACIÓN, de los ajustes del contrato de compraventa de GRUPO MEXICANA DE AVIACIÓN, S.A. DE C.V., celebrado entre CORPORACIÓN INTERNACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO, S.A. DE C.V., (CINTRA) Y GRUPO POSADAS, S.A. DE C.V., manifiesto lo siguiente:
 
1.- El SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE TRANSPORTES, TRANSFORMACIÓN, AVIACIÓN, SERVICIOS Y SIMILARES, que agrupa a los trabajadores de tierra de Compañía Mexicana de Aviación, S.A. de C.V., a todos los trabajadores de MEXICANA MRO, S.A. de C.V. y de MEXICANA INTER, S.A. DE C.V., ha denunciado que CINTRA, empresa que en el año 2005 era propiedad del Gobierno Federal pues el IPAB tenía el 50.49%, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un 10.6% y NACIONAL FINANCIERA, un 3.54%.
 
2.- En el ANEXO 14.2 del contrato de compraventa de acciones de GRUPO MEXICANA DE AVIACIÓN, S.A. DE C.V., por GRUPO POSADAS, CINTRA registró un pasivo laboral consistente en 2,492 millones de pesos correspondientes a la PROVISIÓN NECESARIA A ESE MOMENTO, DE LOS FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES DE PILOTOS Y SOBRECARGOS Y DEL FONDO PARA PAGO DE LA CLAUSULA DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES DE TIERRA.
 
Señalan los artículos 386 y 387 fracción XIV:
 
Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.
 
El delito de fraude se castigará con las penas siguientes:
 
(…..)
 
III.- Con prisión de tres a doce años y multa hasta de ciento veinte veces el salario, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el salario.
 
 
 
Artículo 387.- Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán:
 
XIV.- Al que venda o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella, o sin que el nuevo adquirente se comprometa a responder de los créditos, siempre que estos últimos resulten insolutos. Cuando la enajenación sea hecha por una persona moral, serán penalmente responsables los que autoricen aquella y los dirigentes, administradores o mandatarios que la efectúen;
 
3.- CINTRA vendió a GRUPO POSADAS el GRUPO MEXICANA DE AVIACIÓN, S.A. DE C.V., sin autorización de los trabajadores como acreedores laborales del pasivo antes señalado, que fueron descontados al precio de venta, sin que GRUPO POSADAS se haya hecho responsable de ese pago, pues como PASIVOS se encuentran definidos en el contrato solo los que por títulos mercantiles generan intereses Y NO ASÍ EL CRÉDITO LABORAL MENCIONADO.
 
4.- CINTRA vendió GRUPO MEXICANA, a  GRUPO POSADAS, por decisión DE LAS ENTIDADES PUBLICAS DUEÑAS MAYORITARIAS DE LAS ACCIONES  DE CINTRA: EL IPAB, Y NACIONAL FINANCIERA Y LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO, representadas respectivamente por  MARIO ALBERTO BOUREGARD, FRANCISCO GIL DÍAZ, y MARIO LABORÍN GÓMEZ. Quien ejecutó la venta fue ANDRÉS CONESA LABASTIDA, Presidente del Consejo de Administración de CINTRA que actualmente es AEROMÉXICO; todos podrían ser responsables de delito.
 
Los Consejeros de Administración de GRUPO POSADAS eran en aquel tiempo , GASTON AZCÁRRAGA ANDRADE, Presidente, ENRIQUE AZCÁRRAGA ANDRADE, ALEJANDRO CHOUZA AZCÁRRAGA, CARLOS BUSTAMANTE ANCHONDO, PABLO AZCÁRRAGA ANDRADE, CARLOS LLANO  CIFUENTES, ANTONIO MADERO BRACHO, SALVADOR OÑATE ASCENCIO, SANTIAGO CREEL MIRANDA, ESTEBAN MALPICA FOMPEROSA, FERNANDO CHICO PARDO, JOAQUÍN VARGAS GUAJARDO, JOSÉ CARLOS AZCÁRRAGA ANDRADE, JAVIER BARRERA SEGURA, MICHEL MONTANT CARON, JORGE CARVALLO COUTOLENC, MANUEL BORJA CHICO y MARK LANGDALE.
 
HABIENDO RESULTADO INSOLUTO ESE PASIVO, ES RESPONSABLE DE SU PAGO EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LAS DEPENDENCIAS QUE DECIDIERON LA VENTA, COMO TENEDORAS MAYORITARIAS DE SUS ACCIONES, Y OBVIAMENTE CINTRA MISMA, ACTUALMENTE DENOMINADA GRUPO AEROMÉXICO, pues, como lo señalan los artículos citados se trata obviamente de una venta que puede calificarse como FRAUDULENTA en perjuicio de los trabajadores.
 
A T E N T A M E N T E
 
MIGUEL ANGEL YÙDICO COLÌN
SECRETARIO GENERAL DEL SNTTTASS