14 abril 2011

DEL CORREO DEL BLOG

Dan más facultades al IFAI
29-Abril-2010
Excélsior
Leticia Robles De La Rosa


Nuevas disposiciones establecen sanción a organismos públicos por mal uso de datos
Por unanimidad, el pleno del Senado aprobó las nuevas disposiciones para abrir la información de fideicomisos, sindicatos y todos los organismos que reciban dinero del erario, para lo cual dotó de mayores facultades al ahora denominado Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
Dispone que las instituciones públicas que manejan bases de datos personales, como el IFE y la credencial para votar con fotografía, o la Secretaría de Desarrollo Social y los padrones de beneficiarios de programas como Oportunidades, o Gobernación con el Registro Nacional de Población, serán sujetos de sanciones incluso penales, por el mal uso que hagan de ellos.
De igual forma, aumenta las atribuciones del IFAI para que pueda exigir la información con mejores elementos jurídicos y sanciona a quien niegue la entrega de los datos, sobre todo si lo hace de manera dolosa.
Fija como sujetos obligados de la protección de los datos personales de los mexicanos a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales administrativos federales y cualquier otra autoridad, entidad, órgano u organismo federal.
La reforma establece que los sujetos obligados deberán hacer del conocimiento del titular al momento de recabar los datos, el aviso de privacidad expresa, precisa e inequívoca; el aviso de privacidad debe contener al menos que los datos del ciudadano se incorporarán a una base de datos y la finalidad del uso; el carácter obligatorio o facultativo de la entrega de los datos personales, así como las consecuencias de la negativa a suministrarlos.
Advierte que serán sujetos de sanción los servidores públicos en caso de entregar intencionalmente de manera incompleta información requerida en una solicitud de datos personales; recabar o transmitir datos personales sin el consentimiento expreso del titular en los casos en que este sea exigible; tratar datos personales cuando con ello se afecte el ejercicio de los derechos establecidos por la Constitución, entre otros.

Nuevas disposiciones establecen sanción a organismos públicos por mal uso de datosPor unanimidad, el pleno del Senado aprobó las nuevas disposiciones para abrir la información de fideicomisos, sindicatos y todos los organismos que reciban dinero del erario, para lo cual dotó de mayores facultades al ahora denominado Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

Dispone que las instituciones públicas que manejan bases de datos personales, como el IFE y la credencial para votar con fotografía, o la Secretaría de Desarrollo Social y los padrones de beneficiarios de programas como Oportunidades, o Gobernación con el Registro Nacional de Población, serán sujetos de sanciones incluso penales, por el mal uso que hagan de ellos.

De igual forma, aumenta las atribuciones del IFAI para que pueda exigir la información con mejores elementos jurídicos y sanciona a quien niegue la entrega de los datos, sobre todo si lo hace de manera dolosa.

Fija como sujetos obligados de la protección de los datos personales de los mexicanos a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, los tribunales administrativos federales y cualquier otra autoridad, entidad, órgano u organismo federal.

La reforma establece que los sujetos obligados deberán hacer del conocimiento del titular al momento de recabar los datos, el aviso de privacidad expresa, precisa e inequívoca; el aviso de privacidad debe contener al menos que los datos del ciudadano se incorporarán a una base de datos y la finalidad del uso; el carácter obligatorio o facultativo de la entrega de los datos personales, así como las consecuencias de la negativa a suministrarlos.

Advierte que serán sujetos de sanción los servidores públicos en caso de entregar intencionalmente de manera incompleta información requerida en una solicitud de datos personales; recabar o transmitir datos personales sin el consentimiento expreso del titular en los casos en que este sea exigible; tratar datos personales cuando con ello se afecte el ejercicio de los derechos establecidos por la Constitución, entre otros.