La orden de aprehensión contra Gastón Azcárraga, expresidente del consejo de administración de la aerolínea en quiebra Mexicana de Aviación, quedó cancelada por decisión de un Tribunal Colegiado.
Aunque se trata de un triunfo legal del empresario, luego de 2 años y tres meses de batalla en tribunales, aún existe la posibilidad de que un juez vuelva a ordenar su captura.
Azcárraga, autoexiliado en Estados Unidos, es acusado de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) por 197 millones 971 mil pesos en perjuicio de Mexicana de Aviación,declarada en quiebra desde 2014.
Aunque se trata de un triunfo legal del empresario, luego de 2 años y tres meses de batalla en tribunales, aún existe la posibilidad de que un juez vuelva a ordenar su captura.
Azcárraga, autoexiliado en Estados Unidos, es acusado de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) por 197 millones 971 mil pesos en perjuicio de Mexicana de Aviación,declarada en quiebra desde 2014.
Según la acusación de la PGR, Azcárraga desvió la citada cantidad con la creación del Fideicomiso F/589 de Grupo Mexicana de Aviación, cuyo objetivo era vender acciones de la empresa y salvarla.
Se argumentó que el empresario vendió la mayoría de acciones a dos empresas de las que era accionista y presidente, pero nunca pago las acciones valuadas en los 197 millones 971 mil pesos.
Mexicana de Aviación salió del mercado en agosto de 2010 y se declaró en quiebra el 4 de abril de 2014. Para entonces, la PGR ya había solicitado la captura de Azcárraga por malos manejos financieros de la aerolínea.
El caso cayó en el Juzgado Décimo Cuatro de Distrito en Procesos Penales Federales cuyo titular, Rubén Darío Noguera, concedió el 15 de febrero de 2014 la orden de aprehensión contra Azcárraga.
Sin embargo, la defensa del empresario impugnó y obtuvo del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Penal, dentro del expediente 221/2014, un amparo cuyo efecto fue invalidar la orden de aprehensión.
Martha Gabriela Sánchez Alonso, titular del Juzgado Séptimo evidenció que el delito de lavado de dinero no se puede configurar contra Azcárraga con la evidencia que aportó la PGR. Explicó que sólo podría configurarse fraude, pues no se evidenció que los 197 millones 971 mil pesos tuvieran un origen ilícito.
Por ello, ordenó al juez Rubén Darío Noguera dejar si efectos la orden de aprehensión y emitir una nueva que podría ser en el mismo sentido de conceder la captura, o bien negarla, siempre garantizando la exacta aplicación de la Ley. Esta determinación fue apelada por la PGR.Sin pruebas. El juez determinó que las evidencias que presentó la PGR no configuran el delito de lavado de dinero.
Se argumentó que el empresario vendió la mayoría de acciones a dos empresas de las que era accionista y presidente, pero nunca pago las acciones valuadas en los 197 millones 971 mil pesos.
Mexicana de Aviación salió del mercado en agosto de 2010 y se declaró en quiebra el 4 de abril de 2014. Para entonces, la PGR ya había solicitado la captura de Azcárraga por malos manejos financieros de la aerolínea.
El caso cayó en el Juzgado Décimo Cuatro de Distrito en Procesos Penales Federales cuyo titular, Rubén Darío Noguera, concedió el 15 de febrero de 2014 la orden de aprehensión contra Azcárraga.
Sin embargo, la defensa del empresario impugnó y obtuvo del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Penal, dentro del expediente 221/2014, un amparo cuyo efecto fue invalidar la orden de aprehensión.
Martha Gabriela Sánchez Alonso, titular del Juzgado Séptimo evidenció que el delito de lavado de dinero no se puede configurar contra Azcárraga con la evidencia que aportó la PGR. Explicó que sólo podría configurarse fraude, pues no se evidenció que los 197 millones 971 mil pesos tuvieran un origen ilícito.
Por ello, ordenó al juez Rubén Darío Noguera dejar si efectos la orden de aprehensión y emitir una nueva que podría ser en el mismo sentido de conceder la captura, o bien negarla, siempre garantizando la exacta aplicación de la Ley. Esta determinación fue apelada por la PGR.Sin pruebas. El juez determinó que las evidencias que presentó la PGR no configuran el delito de lavado de dinero.