Éste fue acusado de una conducta penal no tipificada, argumentó la juez federal
Analiza la procuraduría impugnar el amparo concedido a Gastón Azcárraga
La defensa del empresario pretendía que se declarara prescrito el delito, lo que no se le concedió
Alfredo Méndez
Periódico La Jornada
Jueves 17 de julio de 2014, p. 13
Jueves 17 de julio de 2014, p. 13
La Procuraduría General de la República (PGR) analiza la posibilidad de impugnar el amparo que una juez federal concedió esta semana a Gastón Azcárraga, ex presidente del consejo de administración de Mexicana de Aviación, acusado de un presunto lavado de 198 millones de pesos, y para ello cuenta con 10 días hábiles, informaron fuentes de la dependencia federal.
Quienes también se inconformarán con una parte de la resolución de amparo son los abogados del propio Azcárraga, aunque únicamente lo harán en la parte considerativa en que la juez Martha Gabriela Sánchez Alonso les negó la solicitud de prescripción del delito que se imputa al empresario.
En caso de que la PGR y los abogados de Azcárraga opten por el recurso de revisión, el litigio será resuelto en definitiva por un tribunal colegiado de circuito, lo que puede alargar el asunto varios meses, tiempo en el cual permanecerá vigente la orden de aprehensión, explicó en entrevista radiofónica el penalista Alonso Aguilar Zínser, abogado de Gastón Azcárraga.
El litigante precisó que Azcárraga no ha solicitado
asilo políticoal gobierno de Estados Unidos.
Podría decirte con certeza que no ha solicitado asilo, dijo el penalista.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó ayer que la juez Sánchez Alonso invalidó la orden de aprehensión librada contra Azcárraga, al estimar que fue acusado de una conducta penal que no está tipificada como delito en alguna ley en esa materia.
El amparo que concedió la juez Sánchez Alonso, según consta en el expediente 221/2014, obliga al juez de proceso penal Rubén Darío Noguera (quien libró la orden de aprehensión) a analizar nuevamente la indagatoria consignada por la PGR y decidir si niega o emite por segunda ocasión la aprehensión contra Azcárraga por el delito de lavado de dinero, que es grave y sin derecho a la libertad bajo fianza.
El empresario hotelero Gastón Azcárraga Andrade, en imagen de archivoFoto Cuartoscuro.com
Entre los argumentos de la juez de amparo destaca el hecho de que no existe en el Código Penal Federal ni en ninguna otra ley especial que sancione conductas penales federales un ilícito de lavado de dinero derivado de un fraude y/o de algún otro delito patrimonial, como lo planteó la PGR en su pliego de acusación y que fue avalado por el juez Darío Noguera al emitir la orden de captura.
Existe una inexacta aplicación de la ley en perjuicio de (Gastón Azcárraga), ya que al estimar la autoridad responsable (juez Darío Noguera) que se configura el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, que se atribuye de manera probable al aquí quejoso, y que el origen ilícito de los recursos deriva de la probable comisión del delito de fraude, esto equivaldría a crear un nuevo tipo penal, distinto al contemplado por el legislador, destacó la juez Sánchez Alonso.
Añadió que
de considerar, como lo hizo el juez de proceso, que el lucro obtenido de la comisión de un delito de fraude, con recursos de procedencia ilícita, configurativo del delito que nos ocupa, se llegaría al absurdo de considerar que todos los delitos de naturaleza patrimonial (entre ellos el fraude y el robo) tendría como consecuencia la configuración del diverso delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El pasado 20 de febrero el juez Noguera ordenó la captura de Azcárraga luego de que la PGR ejercitó acción penal en su contra (solicitó la orden de captura) por el supuesto uso de fondos de Mexicana de Aviación para recomprar en 2006 acciones de la misma aerolínea, con el propósito de repartirlas con los ejecutivos de la empresa, operación prohibida por el contrato de compraventa.