21 noviembre 2013

DEL CORREO DEL BLOG


Preparan detención de Gastón Azcárraga

Jueves, 21 Noviembre 2013 01:08
Preparan detención de Gastón Azcárraga
La CNBV señaló que violó la Ley del Mercado de Valores, al no entregar a tiempo información a los accionistas sobre la venta que realizó Mexicana de Aviación. Ulrich Richter, apoderado legal de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores, adelanta que el empresario podría ser arrestado en cualquier momento  
  • Enrique Hernández / 24 Horas



La Procuraduría General de la República prepara una orden de aprehensión en contra del empresario Gastón Azcárraga Andrade, ex dueño de la aerolínea Mexicana de Aviación.


En este momento, un Ministerio Público revisa una averiguación previa de ocho tomos, y una vez que concluya le solicitará a un juez que emita una orden de aprehensión, eso puede ser hoy, mañana o en los siguientes días, explicaron Ulrich Richter Morales y Agustín Liñán Salinas, apoderados legales de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA).


Documentos a los que tuvo acceso 24 Horas dan cuenta de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) explicó al Ministerio Público que Gastón Azcárraga violó la Ley del Mercado de Valores al no entregarles a tiempo información a los accionistas sobre la venta que realizó de Mexicana de Aviación.


Parte de la averiguación recuerda que el 28 de junio de 2011 la ASPA presentó ante la PGR una denuncia de hechos por la posible omisión en que incurrió Azcárraga Andrade como director general de Grupo Posadas, al no informar a los inversionistas la suspensión de operaciones de Mexicana, a partir del 28 de agosto de 2010.


En lugar de ser a través de un evento relevante entregado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), los medios masivos de comunicación mexicanos hicieron público el cese de actividades de la aerolínea.


De acuerdo con los documentos consultados, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores considera que Gastón Azcárraga Andrade tuvo una conducta dolosa al omitir información importante (lo ubica como probable responsable del delito previsto y sancionado en el artículo 383 fracción II de la Ley de Mercado de Valores).


Esa opinión se turnó a la Procuraduría Fiscal de la Federación, organismo que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), misma que interpuso una querella el 1 de noviembre de 2013, en contra del empresario.


Agustín Liñán Salinas dijo que todo el expediente de irregularidades en que incurrió Gastón Azcárraga cuando era dueño de Mexicana está en manos del Ministerio Público.


Confían en que en esta ocasión sí avanzará su denuncia porque la Procuraduría Fiscal de la Federación formuló su querella, quedando la indagatoria en proceso de consignación para remitirla al juez competente, para que este a su vez libere la orden de aprehensión respectiva.


Gastón Azcárraga Andrade no ha estado disponible para entrevistas, durante las solicitudes de información que ha realizado24 Horas.


Posadas, la cadena hotelera más importante de México, pidió un cuestionario por escrito para enviarlo a la asistente de quien hasta hace unos días era accionista.


Azcárraga Andrade dejó de ser consejero por así convenir a sus intereses el 15 de marzo de 2013. Además, el 11 de septiembre de 2013, la Bolsa Mexicana de Valores informó que el empresario vendió la totalidad de su tenencia accionaria en Grupo Posadas, sin dar detalles.


 


Una entre muchas


 


Mexicana y sus filiales están en tierra desde el 28 de agosto de 2010, día en que suspendió sus operaciones por “un evento de fuerza mayor” (el cual sus dueños no explicaron en qué consiste ni de qué se trata).


De entonces a la fecha, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dice desconocer el motivo de suspensión de las operaciones de la aerolínea, además, la dependencia advierte que no autorizó la salida de la empresa del mercado aéreo mexicano.


El 20 de agosto de 2010, Grupo Posadas encabezada en ese entonces por Gastón Azcárraga, informó a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) que había surtido efecto el contrato de venta de su participación accionaria en Nuevo Grupo Aeronáutico (NGA), el cual representaba 30.4 por ciento del capital social de la aerolínea.


La compañía explicó que el precio de la enajenación se dio por un valor simbólico mil pesos a Tenedora K, y que la transacción no tuvo un efecto directo sobre el capital accionario de Posadas.


Actualmente, Tenedora K es el grupo empresarial que ostenta el control de 95 por ciento del Nuevo Grupo Aeronáutico, la cual tiene bajo su mando a la Compañía Mexicana de Aviación, Mexicana Click y Mexicana Link, así como el taller de mantenimiento, mejor conocido como MRO.


Desde el cese de operaciones de la aerolínea, los ocho mil 500 trabajadores sindicalizados y de confianza han señalado que Gastón Azcárraga llevó la quiebra a la empresa.


“Existen 20 denuncias penales en la PGR y en la PGJF en contra del consejo de administración de Mexicana de Aviación, servidores públicos y ex secretarios de Comunicaciones y Transportes”, dijo al respecto Miguel Ángel Yúdico, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de Transportes, Transformación, Aviación, Servicios y Similares (SNTTTASS).


En entrevista, el líder de los trabajadores de tierra de la aerolínea recuerda que en la administración de Felipe Calderón no se hizo ni tomó medida alguna contra el ex presidente del Consejo de Administración de Grupo Posadas. Ignoraron todas las demandas.


“Los ex accionistas de Mexicana de Aviación cometieron un fraude al vender las acciones y la compañía sin la autorización de los acreedores ni de la SCT”, aseguró por su parte Joaquín Ortega Esquivel, abogado del SNTTTASS.


En la Secretaría de Gobernación (Segob) y en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) reiteradamente han dicho a los trabajadores de la aerolínea que no dejarán impunes los delitos, reiteró.


El abogado de los trabajadores de tierra dijo que la denuncia interpuesta por los apoderados legales de los pilotos ha sido la única que ha prosperado en los tribunales.


 


Delitos fiscales y financieros


 


La denuncia levantada en la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la PGR bajo el número de averiguación previa: UEIFF/FINM13/233/2011 fue remitida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que determinará si los hechos denunciados e investigados por el Ministerio Público Federal actualizaban una conducta de relevancia para el derecho penal, siendo el caso que en fecha de 25 de octubre de 2013 emitió su opinión, agrega un documento al que tuvo acceso este medio.


“La conducta dolosa desplegada por el señor Gastón Azcárraga Andrade o Gastón Luis Azcárraga Andrade, en su carácter del Director General de Grupo Posadas, en la época de los hechos denunciados, consistentes en omitir la difusión inmediata de información relevante de la emisora, a través del evento relevantes a que se hace referencia el artículo 50”, explica.


“De la circular única de emisora en relación con el cierre de operaciones de Compañía Mexicana de Aviación lo ubica como un probable responsable del delito prevista y sancionado en el artículo 383 fracción II de la Ley del Mercado de Valores”, dice.


Según el artículo 383, serán sancionada con una prisión de uno a cinco años, las personas que:


“Difundan por sí o a través de un tercero, información falsa sobre valores, o bien, respecto de la situación financiera, administrativa, económica, jurídica de una emisora, a través de prospectos de colocación, suplementos, folletos, reportes, revelación de eventos relevantes y demás documentos informativos, y en general de cualquier medio masivo de comunicación”.


“Oculte u omita revelar información o eventos relevantes, que en términos de este ordenamiento legal deban ser divulgados al público o a los accionistas o tenedores de valores, salvo que se haya diferido su divulgación en los términos de esta Ley”.


Ulrich Richter Morales y Agustín Liñán Salinas, apoderados legales de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores, dijeron que Gastón Azcárraga Andrade podría ser arrestado en cualquier momento.


20 noviembre 2013

CIRCULAR ASOCIACIÓN DE JUBILADOS



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Gastón Azcárraga ocultó datos en el caso de Mexicana de Aviación: Carlos Morineau

COLABORADOR: Darío Celis
Gastón Azcárraga ocultó datos en el caso de Mexicana de Aviación: Carlos Morineau
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TRANSMISIÓN   06/11/2013
En entrevista par Negocios en Imagen con Darío Celis, el secretario general de Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA), Carlos Morineau,  señaló que la CNBV emitió una opinión de delito respecto al caso de Mexicana de Aviación, ello se relaciona con una demanda que presentó al ASPA en contra de Gastón Azcárraga, a quien acusaron de haber llevado al borde de la quiebra y desaparición al Nuevo Grupo Aeronáutico de donde se desprende Mexicana de Aviación y sus alimentadoras.
En esta demanda se reconoce actuación dolosa y probable responsabilidad realizada en Mexicana, al encubrir hechos relevantes, con lo que se violó la Ley del Mercado de Valores.
 

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Adelante convenio de MRO, pero dudan del fideicomiso liquidadorEl Mié, 20 de Noviembre de 2013, 00:05 am, por Darío Celis
La juez Edith Alarcón apresuró al administrador de Mexicana de Aviación y conciliador de Mexicana MRO, Gerardo Badín Cherit, para que presente esta semana el documento que contendrá el detalle del convenio de acreedores.
Bancomext, Banorte, GAP y el Aeropuerto de la Ciudad de México, bajo la batuta de Alfonso Sarabia y el subsecretario de Transporte, Carlos Almada, forzaron a Nuevo Grupo Aeronáutico (NGA) para que ella y Aeropuertos y Terrenos capitalizaran la totalidad de sus adeudos.
Con ello se eliminaron todas las demás propuestas hechas por el abogado Jorge Gastélum que buscaban más que el control del MRO, garantizar su crecimiento y consolidación para llevarla nuevamente al nivel y facturación que tenía cuando operaba junto a Mexicana.
Es decir: llevar a MRO de facturar 18 millones de dólares anuales en el primer año en que fue declarada en concurso mercantil, a ingresos de 120 millones como en sus buenas épocas. En la actualidad la base de mantenimiento factura 34 millones de dólares.
El esquema de capitalización de los adeudos que debe presentar Badín parecería estar bastante avanzado, ya que es unánime la intención de liquidar todos los pasivos de Bancomext, Banorte, AICM y GAP, al igual que lo hará NGA.
Pero donde se puede complicar la tarea para la juez y el conciliador está en reconciliarse con los trabajadores de Mexicana, que ahora los ven como sus verdugos, y demostrarles que el esquema del fideicomiso que consolidará las acciones que resulten de la capitalización es viable.
Y es precisamente sobre ese fideicomiso en donde se encuentra el distanciamiento de NGA y su avezado abogado Jorge Gastélum frente a la propuesta del interventor, ya no desean participar al considerar que ese vehículo podría enredar aún más el pago a los trabajadores.
De hecho, los cuatro sindicatos trabajadores ya hicieron patente su oposición ante la juez, inconformidad extensiva a los titulares de SCT y el Trabajo, Gerardo Ruiz Esparza y Alfonso Navarrete Prida, respectivamente, con quien se entrevistarán este viernes.
Y es que ya existen dos fideicomisos que constituyó Mexicana hace más de seis años precisamente en beneficio de los trabajadores. Uno para los pilotos y otro para los sobrecargos. Pese a que no están en la masa del concurso mercantil, no pueden ser utilizados.
Existe un plantón de sobrecargos en la terminal capitalina en reclamo de la entrega de los recursos del fideicomiso, quienes han apelado ante la Secretaría de Gobernación de Miguel Ángel Osorio Chong, quien sólo consiguió que se les pagara parcialmente hasta junio de 2012.
También pesa mucho sobre los sindicatos que el subsecretario del Trabajo, Rafael Avante, no les dé alternativas sobre cómo recuperar su trabajo ni expectativas para rescatar la concesión y rutas que se dieron temporalmente a Aeroméxico, Volaris e Interjet.
Ante esas complicaciones, la juez Alarcón decidió devolver a Tenedora K las acciones de MRO para esperar definiciones sobre el fideicomiso y mientras tanto concentrarse en el convenio de acreedores de la base de mantenimiento.
Ya tiene algo bueno que contarle a sus nietos.

ACUERDO MRO

ACUERDO DEL MRO....................Núm. de Expediente: 660/2010 
Fecha del Auto: 13/11/2013 
Fecha de publicación: 14/11/2013 

Síntesis: 
Visto estado procesal, de los que se advierte que mediante diverso auto de siete último, se reservó proveer respecto al contenido del escrito de comerciante y accionistas NGA Y AT, hasta en tanto se analizara el mismo, lo que ya aconteció, por tanto al efecto se provee: ... De la reseña de constancias realizada, es manifiesto e indudable que el actuar de MRO, armoniza plenamente con el espíritu legislativo de la LCM y prueba irrefutable de lo anterior lo es que, al haber promovido vía solicitud su declaración de concurso mercantil en fase de conciliación y no quiebra; al haber solicitado de forma conjunta con sus principales acreedores la segunda y última prórroga a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 145 de la citada ley; y, al haber expresado su aceptación sin restricción alguna, a la propuesta de capitalización presentada en la comparecencia celebrada el día seis de noviembre pasado, por el interventor Fernando Pérez Correa Camarena y ratificada en dicho acto por AICM, BANORTE y BANCOMEXT, es indiscutible que la comerciante busca su propia conservación o permanencia, mediante una amigable composición, esto es, la celebración de un convenio concursal con sus acreedores, para con ello solucionar el problema concursal por el que atraviesa. ... ... Correlacionado lo hasta aquí expuesto, es manifiesto, indudable y por ende pleno, el consentimiento expresado por la comerciante MRO, de lograr su conservación mediante la celebración de un convenio concursal, en el que la premisa fundamental es y será sin duda, que aquellos acuerdos a los que se llegue con sus acreedores reconocidos, permitan su subsistencia, lo cual se justifica como un principio de interés social, porque la permanencia de la materia y la actividad de la empresa trae beneficios a la colectividad como la generación o la permanencia de fuentes de trabajo y generación de riqueza y, como consecuencia, la posibilidad de desarrollo tanto para los grupos involucrados en la rama de la industria, como de los individuos que laboren en ella. ... ... En mérito de lo antes determinado y considerando que por auto de ocho de octubre de dos mil trece, este Juzgado Federal autorizó la solicitud de la segunda y última prórroga al periodo conciliatorio, con la única finalidad de diseñar una legal solución para el presente concurso mercantil, esto es, alcanzar la celebración de un convenio concursal, plazo que en ningún caso excedería del máximo previsto por la ley concursal, pero que estaría supeditado invariablemente, al constante y activo interés que las partes involucradas demostraran de forma fehaciente a esta autoridad en llegar a una pronta solución en el presente concurso mercantil; ahora bien, en virtud, que del escrito de cuenta se advierte que MRO, por conducto de su apoderada acepta y conviene de forma categórica y sin lugar a dudas en ejecutar sin restricción alguna, la propuesta de capitalización presentada por el interventor nombrado en el presente asunto y ratificada por AICM, BANORTE y BANCOMEXT, conforme a la comparecencia ante este Juzgado Federal de seis de noviembre pasado, de lo que es resulta evidente que el presente asunto está en condiciones legales y materiales aptas, que permiten de modo indefectible verificar la celebración de un convenio concursal, debido a la plena voluntad e interés demostrados por MRO, así como por AICM, BANORTE y BANCOMEXT, cuya suma de créditos reconocidos superan en demasía, el cincuenta por ciento del monto total de los créditos comunes reconocidos, lo cual pone de manifiesto su eficacia legal, en términos de lo previsto por el artículo 157 de la LCM; por tanto, como está ordenado en auto de ocho de octubre último en relación con el penúltimo párrafo del artículo 145 del citado cuerpo legal, se ordena continuar con la segunda y última prórroga al periodo conciliatorio, formulada por la propia comerciante y sus acreedores reconocidos, pero que en ningún caso el citado plazo excederá del máximo previsto por el penúltimo párrafo del artículo 145 de la LCM, ello con la única finalidad de que a la brevedad posible el conciliador designado confeccione el convenio concursal. ... En razón de que el factor tiempo como un elemento que en nada favorece a los procedimientos de concurso mercantil, obliga a quien esto decide como rectora del procedimiento, a atender de forma particular e inmediata, todos aquellos aspectos que den viabilidad a la celebración de un convenio concursal; por tanto, en términos del artículo 7° de la LCM, requiérase mediante notificación personal al conciliador designado, para que a la brevedad posible, inicie las gestiones pertinentes y de forma legal al convenio concursal respectivo, para lo cual el citado especialista deberá tomar en consideración la propuesta presentada en la comparecencia celebrada el día seis de noviembre pasado, por el interventor licenciado Fernando Pérez Correa Camarena y ratificada en dicho acto por AICM, BANORTE y BANCOMEXT, así como lo manifestado por MRO en el escrito que hoy se acuerda, siendo que dentro de los tres días siguientes al en que surta efectos la notificación del presente auto, dicho especialista deberá rendir a este Juzgado de Distrito, un informe pormenorizado en el que se detallen todas las acciones que está realizando para ello y los avances que tenga en torno al citado particular. .... ... En otro orden de ideas, de lo precisado con antelación, si a decir de AT y NGA en el escrito que se acuerda, lo que éstas pretendieron era dar muestra inequívoca sobre su aceptación irrestricta a la propuesta presentada por los acreedores mayoritarios de la concursada, conforme al acta judicial de seis de noviembre de dos mil trece, comprometiendo legalmente la transmisión de los títulos accionarios que representan el cien por ciento (100%) del capital social de MRO, es indiscutible que además de consignar ante este Juzgado de Distrito, los aludidos títulos, éstas debieron verificar o en su caso, pueden realizar de forma optativa, uno de los actos siguientes: a).- Consignar ante esta autoridad el Registro de Acciones de la Sociedad -MRO- que ésta lleva en términos de los estatutos de su constitutiva (artículo décimo cuarto del instrumento notarial número ciento veintidós mil ciento ochenta y siete (122,187), otorgado ante la fe del Notario Público número ciento tres del Distrito Federal) y el artículo 128 de la LGSM, insertando en dicho registro la mención puntual relativa a que los aludidos títulos accionarios fueron consignados ante este Juzgado Federal; o, b).- Consignar ante esta autoridad las actas de las Asambleas Generales de Accionistas, como órgano supremo de las sociedades AT y NGA, respectivamente, en la que necesariamente se incluya como orden del día, la decisión de consignar ante este Juzgado, los títulos accionarios que representan el capital social de MRO, en la proporción que corresponda a cada una de las nombradas empresas, así como el compromiso legal de transmisión en términos de la propuesta de capitalización presentada en la comparecencia celebrada el día seis de noviembre pasado, por el interventor Fernando Pérez Correa Camarena y ratificada en dicho acto por AICM, BANORTE y BANCOMEXT, resolviendo tal órgano supremo sobre su debida aprobación. ... ... Ahora bien, confrontados el contenido de los preceptos antes trascritos, el artículo décimo tercero de los estatutos de la constitutiva de MRO y el ocurso que se acuerda de AT y NGA, es concluyente que si bien las acciones en que se divide el capital social de MRO, están representadas por títulos nominativos, que sirven para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, también lo es que la sola tenencia e incluso endoso de esos títulos que representan el cien por ciento (100%) del capital social de MRO, como ahora lo pretende AT y NGA, a través de su apoderada, devienen insuficientes para tener por legalmente valida la consignación ante este Juzgado de Distrito, con el compromiso de transmisión, pues es indudable que en términos de la LGTOC, la LGSM y los propios estatutos de la constitutiva de MRO, prevalecerá el Registro de Acciones de la Sociedad -MRO-, frente a la sola tenencia del esos títulos accionarios, para que sean legalmente reconocidos por la sociedad. ... ... En ese sentido, debe decirse que sobre cada uno de los aspectos analizados en la presente determinación judicial, rigen invariablemente para quien esto determina, como rectora del procedimiento en términos del artículo 7° de la Ley de Concursos Mercantiles, los principios de legalidad, expeditez, certeza, claridad, congruencia y exhaustividad, enalteciendo invariablemente el interés público e impacto social que en la actualidad caracterizan al presente asunto; luego entonces, ante la serie de inconsistencias a que se ha hecho referencia en párrafos precedentes, es indudable que este Juzgado Federal, arriba a la conclusión de que deviene notoriamente frívola e improcedente, la consignación ante este Juzgado de Distrito, con el compromiso de transmisión de los títulos de acciones números uno, dos, tres y cuatro, que según su dicho representan el cien por ciento (100%) del capital social de MRO. ... Notifíquese y personalmente al conciliador designado, a MRO, al interventor Fernando Pérez Correa Camarena, a AICM, a BANORTE, a BANCOMEXT, a AT y a NGA y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Núm. de Expediente: 660/2010 
Fecha del Auto: 15/11/2013 
Fecha de publicación: 19/11/2013 

Síntesis: 
A sus autos escrito de apoderada de accionistas y acreedoras de la concursada, por medio del cual solicita se entreguen a la comerciante los documentos accionarios que exhibieron en autos; al respecto, en virtud de que resulta claro de lo precisado, que las empresas que exhibieron los citados títulos accionarios, no serán las mismas, quienes en su caso, de ser procedente la solicitud planteada, reciban de esta autoridad tales documentos mercantiles, por lo que sin perjuicio de la libertad que tienen las nombradas empresas para formular la citada solicitud, pero con el objeto de obtener certeza plena sobre la petición propuesta en el escrito de cuenta y para que este Juzgado Federal esté en aptitud de acordar lo conducente en torno a la solicitud de devolución planteada; por tanto, requiérase mediante notificación personal a la apoderada de las accionistas, para que en el término de tres días ratifique el contenido del escrito de cuenta, apercibida que de no hacerlo, no se acordará la petición ahí planteada. Notifíquese y personalmente a apoderada de accionistas y acreedora de la concursada

19 noviembre 2013

DEL CORREO DEL BLOG

Deberán entregar esta semana acuerdo concursal de MRO de Mexicana

Negocios - Lunes, 18 de Noviembre de 2013 11:15
 

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[Tras la aprobación de la propuesta de formar un fideicomiso que servirá para el pago de trabajadores de la firma. / Bloomberg]
 
 

Notimex
 
El conciliador y administrador de Mexicana de Aviación, Gerardo Badín, deberá entregar en esta semana, el acuerdo concursal de MRO de la base de mantenimiento de la aerolínea.


El director del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), Alfonso Sarabia, aseguró lo anterior, tras la aprobación de la propuesta de formar un fideicomiso que servirá para el pago de trabajadores de la firma, esto por parte de los principales acreedores de dicha instalación.


"La juez ha ordenado al conciliador a que le dé forma a un convenio y la próxima semana nos tiene que presentar para que digamos si estamos de acuerdo o no", aseguró en entrevista.


Afirmó que con dicho documento, Banorte, Bancomext, Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP), a través del Aeropuerto de Guadalajara y el AICM, tendrán más certeza para llevar a cabo la creación del fideicomiso.


Cabe recordar que el pasado 14 de noviembre, la juez Edith Alarcón, aprobó la propuesta de los mencionados anteriormente, quienes ostentan el 92 por ciento de los créditos y cuyo porcentaje será con el que contarán si se aprueba el convenio que presente Badín.


"Resulta evidente que el presente asunto está en condiciones legales y materiales aptas, que permiten de modo indefectible verificar la celebración de un convenio concursal, debido a la plena voluntad e interés demostrados por MRO, (.) cuya suma de créditos reconocidos superan en demasía, el 50 por ciento del monto total de los créditos comunes reconocidos", dijo la juez.


En su momento, informaron los acreedores que esta decisión es un paso firme en la ruta para sacar al MRO del proceso en que se encuentra, mantener su operación, conservar los empleos que genera y, conforme a lo planteado, destinar todos sus activos a un fideicomiso en favor de trabajadores y jubilados de las empresas en concurso.


Alfonso Sarabia, consideró que una vez firmado el convenio sería un paso fundamental para que la base de mantenimiento salga de concurso mercantil, proceso en donde ha estado inmerso desde el 2010.


Comentó que las acciones de MRO serán propiedad de los acreedores y no como se ha dicho que estas pasaría a Banjercito, institución bancaria que fungirá como fiduciaria.

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Recurrirían sobrecargos a instancias internacionales por caso Mexicana. 

Con Óscar M Beteta
15 de Noviembre, 2013
 
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Ordena juez integrar convenio concursal de Mexicana de Aviación
    
Con el propósito de que el concurso mercantil que enfrenta Mexicana de Aviación, desde hace tres años, sobrecargos jubilados piden al presidente de México, Enrique Peña, que intervenga, como se comprometió hace tiempo; pues, en dado caso, se recurrirá a instancias internacionales.
 

Notimex

 
Los sobrecargos jubilados de Mexicana de Aviación, Cecilia Beltrán y Rafael Ortiz Cárcamo, dieron a conocer que ocho mil 500 trabajadores de la aerolínea solicitan a la juez Edith Alarcón Meixueiro, encargada del concurso mercantil de dicha empresa, haya justicia y se respete el estado de Derecho, motivo por el que, como última instancia, se recurriría a instancias internacionales para dar solución al proceso que enfrentan desde 2010.
 
En entrevista para el espacio noticioso "En los tiempos de la radio", con Óscar Mario Beteta, Beltrán indicó que en el proceso mercantil que enfrenta la aerolínea desde hace más de tres años debe ser resuelto a la brevedad pues, en dado caso, recurrirían a instancias internacionales para que se defina la situación de cada uno de los trabajadores, activos y retirados, de la aerolínea.
 
"Si no somos escuchados en México tendremos que recurrir a instancias internacionales, pero creemos que se hará justicia, buscamos que se respete el estado de derecho, que se fondeé el fideicomiso para que las familias de sobrecargos de Mexicana tengan sus ingresos", declaró
 
Asimismo, indicó que durante todo este lapso, los ocho mil 500 trabajadores, 200 mil de forma indirecta y 650 jubilados, han vivido un karma desde que la aerolínea dejó de ofrecer sus servicios.
 
Una forma de evitar que se cayera en la quiebra era que Mexicana de Aviación era no dejara de ofrecer servicio, pues, desde hacía muchos años, se operaba con "números rojos" y había sustento para todas las familias que, posteriormente, se vieron afectadas.
 
"Es el concurso mercantil más atípico que ha existido, son tres años de proceso. Hay un fraude muy grande en contra de los trabajadores en esta situación, orquestado por el Grupo Posadas, Gastón Azcárraga y la administración anterior del gobierno", declaró Cecilia Beltrán.
 
Asimismo, detalló que, como jubilados, debió haber sido fondeado un fideicomiso por parte del gobierno federal, Grupo Posadas y Gastón Azcárraga, motivo por el que solicitaron al presidente de México, Enrique Peña Nieto, que se haga justicia, logrando una feliz conclusión para todas las partes involucradas.
 
Por otra parte, se indicó que, hasta el momento, no se sabe qué es lo que impide que Mexicana de Aviación retome sus funciones, esto debido a que sí existen inversionistas que desean fondear el regreso de la aerolínea.
 
Además, señalaron que el conciliador del concurso mercantil, Gerardo Badín acaba de recibir dinero proveniente bajo el dato de reembolso de boletos, monto que desean sea transparentado en el destino que éste tuvo.
 
"Si con agresividades se logran acuerdos, igual y tendremos que recurrir también a estas acciones", destacó el sobrecargo jubilado Rafael Ortiz Cárcamo: asimismo, comentó que es necesario que se fondee el fideicomiso para que las familias de sobrecargos jubilados tengan sus ingresos con normalidad.
 
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MEXICANA DESAPARECE COMO AEROLÍNEA COMERCIAL Y PREVALECE EN EL MERCADO COMO MRO. YA SE CONCRETÓ EL PLAN DE ACCIÓN PARA PRESERVAR ESTE IMPORTANTE ACTIVO Y AL  MOMENTO QUE LEEMOS ESTAS LÍNEAS YA SE ESTÁ TRABAJANDO EN EL PROCESO DE LIQUIDACIONES DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE YA NO REGRESAN A LA EMPRESA.
LA REALIDAD ES QUE NO ES LO QUE LA MAYORÍA HUBIESEMOS QUERIDO, PERO ES LO QUE TENEMOS Y ES LO QUE VA A SER.
HAY QUIENES TODAVÍA INTENTAN ECHAR ABAJO ESTE PROYECTO BAJO LA BANDERA DE QUE QUIEREN SALVAR LA AEROLÍNEA LO CUAL ES UNA TOTAL FARSA.  ESAS PERSONAS SOLO BUSCAN SATISFACER INTERESES PERSONALES QUE NADA TIENEN QUE VER CON EL BIEN COLECTIVO.
 
MEXICANA NO DESAPARECE DEL TODO, MEXICANA SE REINVENTA Y EL CONSERVAR UNA PARTE DE LA COMPAÑÍA QUE ADEMÁS GENERA MUCHÍSIMO DINERO, ES CONSERVAR UNA PLATAFORMA QUE EL DÍA DE MAÑANA PUEDE SERVIR PARA REACTIVAR LA AEROLÍNEA AUNQUE SEA A MENOR ESCALA.
 
LLEGÓ EL MOMENTO DE DEJAR ATRÁS EL SENTIMENTALISMO Y LA NEGACIÓN, TENEMOS QUE SER REALISTAS Y ACEPTAR QUE NO PODEMOS VENCER AL GRUPO OMEGA Y AL GOBIERNO FEDERAL, DOS MONSTRUOS FUSIONADOS EN UNA SOLA ENTIDAD QUE TIENE EN SU BOLSILLO LA AVIACIÓN COMERCIAL DEL PAÍS (ENTRE MUCHOS OTROS NEGOCIOS), Y QUE INEVITABLEMENTE, TAMBIÉN TIENEN EN SU BOLSILLO A JUECES, DIRIGENTES SINDICALES Y AUTORIDADES.
 
NOS ROBARON ? POR SUPUESTO!  PERO HAY QUE RESCATAR LO RESCATABLE Y SEGUIR ADELANTE.
 
MEXICANA DE AVIACIÓN HA MUERTO...  QUE VIVA MEXICANA DE AVIACIÓN!!!!!