26 febrero 2023

La mesa puesta en Mexicana

 

La mesa puesta en Mexicana

A estas alturas, nadie desconoce qué está sucediendo en Mexicana: el Gobierno Federal ofrece comprar la marca y los bienes que aún se tienen. Para hacer su oferta, se llevó a cabo un avalúo que arrojó un monto, poco más de 816 millones de pesos, para repartirse de manera equitativa entre los distintos grupos de trabajadores.



Hasta ahí todo iba bien. Ya dentro de las agrupaciones sindicales y las asociaciones de trabajadores, quedaron en el acuerdo de repartir el dinero dependiendo de la antigüedad.

Sin embargo, un grupo de sobrecargos jubilados interpuso dos amparos vía su abogado, en uno solicitan el embargo de los bienes, y en el otro piden que no se vendan los bienes. Hoy por hoy estamos atorados y con muchas posibilidades de que el Gobierno retire su oferta, pues lo dijo fuerte y claro:

“El dinero de la venta de la marca y los bienes debe ser para todos los que trabajaron hasta el 28 de agosto de 2010 en Mexicana de Aviación, incluyendo los jubilados, pero sí el dinero de esta venta es solo para un grupo de trabajadores, retiramos la propuesta de compra de la mesa”.

Sí, la mesa está puesta para que después de 12 años podamos recibir un poco de justicia. Me parece increíble que después de tanto tiempo sigan creyendo que “deben” recibir todo lo que por derecho les corresponde; en un mundo ideal sí, ¡por supuesto!, pero en el México nuestro de cada día ¿no es acaso ingenuo?

Yo tengo varias preguntas, y es que este grupo solo habla de los sobrecargos jubilados, además de que me acusan de que “quiero que los directivos de empresa cobren”.

Así como lo leen, este grupo que hoy se rasga las vestiduras por la defensa a ultranza de los derechos laborales, le parece injusto que otras personas, que también son trabajadores de la compañía aérea reciban un pago.

Su lógica es que como sus sueldos eran más altos que el de ellos, entonces recibirán “una millonada”. Yo francamente no entiendo su lógica, ni su sentido de la justicia. Tal parece que su premisa es: “Nadie por encima de mí, los de más abajo no existen… o no me interesan”.

Porque su argumento no contempla a los compañeros de tierra. Cualquiera de ellos podría decir, con una mano en la cintura: “los sobrecargos jubilados van a cobrar más que yo; con lo que cobrarán los jubilados alcanza para pagarnos a todos los de tierra… ¡que no cobre ningún sobrecargo, y que nos den lo que nos corresponde!!!

Este grupo de jubilados está inconforme, y lleva así mucho rato. De hecho, su inconformidad se remonta a los tiempos en que optaron por separarse de la AJTEAM, de la que eran parte, y con la que los trabajadores (que no el abogado) ganaron su laudo.

Este grupo tiene bien aprendida una bonita frase, muy utilizada para dilucidar litigios de propiedad: “primero en tiempo, primero en derecho”. A manera de breviario cultural les comento que dicho principio (Prior in tempore, potior in iure) fue una de las “Regulae Iuris” del Papa Bonifacio VIII, compiladas en su Liber Sextus (1298), y que no son otra cosa más que la forma en que el Derecho Canónico justificó la cruzada para recuperar Jerusalém.

¿Legal?, sí… ¿Justa? No estoy segura… ¿Sin daños colaterales? ¡Jamás! Siete siglos después los problemas bélicos siguen en esa parte del mundo.

Hay dos cosas que estos inconformes pasan por alto: primero que hay una sentencia de quiebra, de fecha 4 de abril del 2014; y segundo, que hay un juicio de tercería de parte de los sindicatos en contra de los jubilados para dilucidar “quién tiene un mejor derecho”, si los trabajadores en activo o los sobrecargos jubilados.

Vamos a ver qué dice la Ley Federal del Trabajo, partiendo de que en este caso ya está decretada una quiebra. Un artículo remite a otro, así es que pongo aquí los conducentes…

Artículo 434.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;

II. La incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación;

III. El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva;

IV. Los casos del artículo 38 (referente a explotación de minas); y

V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.

[…]

Artículo 436.- En los casos de terminación de los trabajos señalados en el artículo 434, salvo el de la fracción IV, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de tres meses de salario, y a recibir la prima de antigüedad a que se refiere el artículo 162.

Artículo 162.-  Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

I.La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;

II.Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;

Artículo 484.-  Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este Título, se tomará como base el salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba, hasta que se determine el grado de la incapacidad, el de la fecha en que se produzca la muerte o el que percibía al momento de su separación de la empresa.

Artículo 485.- La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo.

 

Con toda esta información ¿ustedes seguirían luchando hasta obtener lo que por ley les corresponde? A casi 8 años de haber obtenido su laudo, los sobrecargos jubilados no lo han podido hacer líquido -sin importar en qué grupo estén-, ¿qué les dice que ahora podrán hacerlo?

La cobija no alcanza, solo el laudo de los sobrecargos jubilados asciende a 3 mil millones de pesos; el gobierno valuó lo que queda a Mexicana en 816 millones de pesos. Apenas el 27% de lo que se necesitaría para ese laudo ¿Y el resto de trabajadores?

Los inconformes saben (pero fingen demencia) que si siguen el litigio, la ley faculta y permite “rematar” los bienes hasta en una tercera parte de su valor, o sea 272 millones. Eso suponiendo que lograran ganar el amparo para que puedan “embargar”… porque es un hecho: ni siquiera tienen bienes embargados.  

Ellos mismos no se ayudan. Entre más dan entrevistas y tratan de convencer a los medios de comunicación (porque a la gente no, y menos a los activos de Mexicana de Aviación), han ido modificando su discurso, al grado que en la entrevista que dan al medio A21 dicen, y cito textual:

“En entrevista con A21, Enríquez Barragán puntualizó que lo que ellos quieren es que la autoridad compre la marca y “pague a todo mundo, conforme a derecho y hasta donde alcance”.Puntualizó que de los 817 millones de pesos que les daría la autoridad, alrededor de 400 millones de pesos les corresponden a ellos (453), por el laudo ganado y, el resto, se podría repartir entre los demás trabajadores (es decir, 8 mil trabajadores que estaban laborando en el momento en que paró operaciones la aerolínea).”

Yo de verdad ya no entiendo nada, la mesa para Mexicana está puesta pero ¿qué trasfondo hay? El discurso de los inconformes ha ido mutando conforme pasan los días, y todo parece indicar que lo único que se busca es “reventar” la mesa y que el gobierno retire su oferta.

Veremos que pasa en los siguientes días.

 
Ximena Garmendia
26 de febrero de 2023